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BOC Nº 62. Miércoles 28 de Marzo de 2018 - 1496

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V. ANUNCIOS - Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

1496 Dirección General de Industria y Energía.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 19 de marzo de 2018, que establece el incremento del coste de comercialización de aplicación a los precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a aplicar a partir del 20 de marzo de 2018.

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BOC-A-2018-062-1496. Firma electrónica - Descargar

Mediante Resolución de 19 de marzo de 2018, de la Dirección General de Industria y Energía, se establece el incremento del coste de comercialización de aplicación a los precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a aplicar a partir del 20 de marzo de 2018.

De conformidad con la citada Resolución, el incremento del coste de comercialización, sin impuestos, se mantiene en 14,1819 ceuros/kg, respecto al coste de comercialización recogido en el apartado tercero de la "Resolución de 6 de marzo de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante" (BOE nº 68, de 19 de marzo de 2018).

Asimismo, desde las cero horas del día 20 de marzo de 2018, el precio máximo de venta, antes de impuestos en Canarias, de aplicación a los suministros de gases licuados del petróleo envasados, en recipientes de capacidad igual o superior a 8 kg e inferior a 20 kg, a excepción de los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, será de 105,0053 ceuros/kg.

El texto íntegro de la citada Resolución se encuentra disponible en la página web de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, en la dirección: https://www.gobiernodecanarias.org/ceic/energia/temas/hidrocarburos/preciosglp/

Contra la citada Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, Energía y Comercio, en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2018.- El Director General de Industria y Energía, Justo Artiles Sánchez.

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