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BOC-A-2018-064-1547.
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Mediante Orden nº 23, de 29 de enero de 2018 (BOC nº 27, de 7 de febrero de 2018), de la Consejera de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, se incoa procedimiento de revisión de oficio del Acuerdo de la COTMAC de 6 de marzo de 2017, por el que se aprueba la corrección de error material en la ficha del sector residencial R2-Montaña Roja del Plan General de Ordenación Supletorio de Yaiza.
La citada Orden establece en su consideración jurídica quinta que, una vez emitidos los correspondientes informes, se someterá el expediente a información pública durante un plazo de veinte días, de acuerdo con el artículo 83.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud,
R E S U E L V O:
Primero.- Someter a información pública, por un plazo de veinte (20) días hábiles, el expediente de revisión de oficio del Acuerdo de la COTMAC de 6 de marzo de 2017, por el que se aprueba la corrección de error material en la ficha del sector residencial R2-Montaña Roja del Plan General de Ordenación Supletorio de Yaiza.
A tal efecto, el expediente figurará en la página web de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad (apartado de Política Territorial/Participación Ciudadana/Planes Supletorios), en la siguiente dirección web:
https://www.gobiernodecanarias.org/politicaterritorial/temas/participacionciudadana/planes_supletorios/revision-de-oficio-del-acuerdo-de-la-cotmac-en-sector-r-2-montana-roja-yaiza/
La documentación expuesta al público en el citado sitio web comprenderá el expediente 2017/26331-TO, de revisión de oficio, junto con el expediente del que resultó la adopción del Acuerdo de la COTMAC revisado (nº 2016/11065).
Asimismo, el documento del vigente Plan General de Ordenación Supletorio de Yaiza puede ser consultado a través de la página web https://www.territoriocanario.org, en la sección urbanismo y territorio/archivo de planeamiento/archivo de planeamiento urbanístico/Lanzarote/Yaiza/Planeamiento General/Expediente 2010/1542.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
La presente resolución constituye un acto de mero trámite, y por tanto contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los supuestos a que se refiere el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 2018.- La Secretaria General Técnica, María del Carmen Nery Cordobés Sánchez.
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