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BOC Nº 82. Viernes 27 de Abril de 2018 - 2024

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

2024 ORDEN de 18 de abril de 2018, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el año 2018.

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Examinado el expediente administrativo tramitado por esta Consejería referente al Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el año 2018 de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30 de diciembre de 2017), se presupuestan una serie de líneas de actuación y proyectos de inversión, susceptibles de generar convocatorias de subvenciones genéricas por parte de este Departamento, lo que hace necesario que se formalice el Plan Estratégico de Subvenciones exigido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre de 2003).

Segundo.- Por los Centros Directivos del Departamento se ha propuesto la inclusión en el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2018 de distintos proyectos que generarán en el presente ejercicio la convocatoria de subvenciones genéricas.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, inspirada en los principios de eficacia, eficiencia, calidad en la asignación de recursos públicos y cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, establece en su artículo 8 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán elaborar un plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación.

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades, aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19.10.16), el artículo 29, apartado 1, letra a), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10.7.15), y el Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10.7.15),

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación y Universidades para el año 2018, que se acompaña como anexo.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de abril de 2018.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

A N E X O

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES PARA EL AÑO 2018.

INTRODUCCIÓN.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, inspirada en los principios de eficacia, eficiencia, calidad en la asignación de recursos públicos y cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, establece en su artículo 8 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán elaborar un plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación.

Por otro lado, en la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30 de diciembre de 2017), se presupuestan una serie de líneas de actuación y proyectos de inversión, susceptibles de generar convocatorias de subvenciones genéricas por parte de este Departamento, lo que hace necesario que se formalice el Plan Estratégico de Subvenciones exigido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En cumplimiento de dichas previsiones, la Consejería de Educación y Universidades, de acuerdo con las competencias que le atribuye el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades, aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19.10.16); el Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10.7.15), y el Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10.7.15), acuerda la aprobación del "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación y Universidades para el año 2018".

I.- ÁREA DE EDUCACIÓN.

1. ESCENARIO.

El sistema educativo, entendido este como el conjunto de las enseñanzas desde la educación infantil hasta la universitaria, constituye el eje de la transformación y el bienestar de la sociedad. De la formación y educación que un sistema educativo es capaz de proporcionar a los ciudadanos depende, en buena medida, el futuro de estos; de la formación integral que reciban se deducen sus posibilidades para desarrollarse en libertad y para ejercer con madurez la participación y la solidaridad. La educación, si se proporciona a todos en unas condiciones de equidad, es también la base de la igualdad. Así pues, pocos instrumentos son más útiles para combatir las desigualdades de origen social o cultural que la educación.

El avance del conocimiento científico y del desarrollo tecnológico, y sus implicaciones cada vez mayores y más directas sobre los procesos productivos y culturales, obligan a una formación prolongada, a una formación básica más consistente y a la vez más versátil, susceptible de adaptarse a necesarias y frecuentes innovaciones. Al mismo tiempo, las mayores posibilidades de acceso a la enseñanza, y la aspiración de un mayor número de ciudadanos a obtener una mejor formación, coincide con las exigencias de superiores requerimientos educativos por parte del entorno social y productivo, confluyendo, todo ello, en un crecimiento continuado de la demanda de educación que exige un sistema educativo reformado.

Al mismo tiempo, la culminación del proceso de integración española en las instituciones comunitarias europeas nos ha situado en un ámbito más amplio que el estatal, un ámbito que es compartido con otros países, y en el que el derecho de los ciudadanos a la movilidad, reforzado con la perspectiva del mercado único, así como las consecuencias que de ello se derivan, alcanzan a todos. Ello requiere que los estudios, capacitaciones y titulaciones se atengan, cada vez más, a un mínimo cuantitativo y cualitativo.

En los últimos años, los sucesivos gobiernos autonómicos y las diferentes administraciones educativas han realizado desde aquel día ya lejano de las transferencias educativas un gran esfuerzo en todos los ámbitos, sobre todo en el de las inversiones, lo que ha permitido que el sistema educativo en nuestra Comunidad Autónoma haya cubierto su fase expansiva.

A pesar de los enormes esfuerzos realizados es bien sabido que las actuaciones que desde el sistema educativo se llevan a cabo no pueden compensar totalmente las desigualdades de origen geográfico, social, económico y cultural. Se constata que existen sutiles y complejos procesos de discriminación educativa y social que representan un serio obstáculo en el principio de igualdad de oportunidades: por un lado, factores relativos al contexto geográfico, demográfico y económico, así como condicionantes socio-familiares y culturales y, por otro, elementos que incumben al contexto escolar propiamente dicho, complementándose el análisis con otros elementos que, de un modo u otro incida en la calidad educativa.

Cubierta la fase expansiva de nuestro sistema educativo y culminada la generalización de la educación en todos los niveles, es el momento de impulsar una política de objetivos concretos de calidad. El Pacto por la Educación permitió alcanzar un gran acuerdo sobre la base de principios, objetivos generales, corresponsabilidad de los compromisos y voluntad de diálogo permanente para el seguimiento y evaluación de los mismos. La esencia de este pacto se sustenta en la necesidad de consolidar un sistema equitativo y solidario que garantice la educación efectiva de todos. Esto pasa necesariamente por mantener el equilibrio entre la calidad y la igualdad como la mejor garantía de salvaguardar la equidad del sistema.

En el marco expresado con anterioridad, por este Departamento se van a establecer, en el ejercicio 2018, entre otras actuaciones, diversas subvenciones genéricas, para las que se elabora el Plan Estratégico.

2.- PROYECTOS.

2.1. LA COMPENSACIÓN EDUCATIVA DE LAS DESIGUALDADES.

2.1.1. SUBVENCIONES AL ALUMNADO COMENSAL DE CENTROS PÚBLICOS CON COMEDOR ESCOLAR.

Objetivo y efectos: cubrir parte del coste del servicio de comedor escolar durante 2018, del segundo semestre del curso 2017/2018 y primer cuatrimestre del curso 2018/2019.

Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: anual. Cumplimiento del plazo.

Coste estimado: 11.843.463,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.324 C 48000 LA. 18401302.- "Comedores y desayunos escolares".

2.1.2. SUBVENCIONES PARA DESAYUNOS ESCOLARES.

Objetivos y efectos: proporcionar desayunos escolares al alumnado en situación crítica o peligro de exclusión social.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: anual.

Coste estimado: 2.959.976,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.324 C 48000 LA. 18401302.- "Comedores y desayunos escolares".

2.1.3. SUBVENCIONES PARA AYUDAS INDIVIDUALIZADAS AL TRANSPORTE.

Objetivo y efectos: cubrir parte del servicio de transporte donde no se puede realizar servicio con vehículos de contrato, del curso escolar 2017/2018.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: anual.

Coste estimado: 54.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.324 C 48000 LA. 18400702-"Ayudas individualizadas al transporte".

2.1.4. SUBVENCIONES DIRECTAS AL ALUMNADO DE ENSEÑANZA OBLIGATORIA DE LAS RESIDENCIAS ESCOLARES.

Objetivo y efectos: atender los gastos originados por la manutención del alumnado de enseñanza obligatoria residente en las residencias escolares de Canarias.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: anual.

Coste estimado: 502.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.324 C 48000 LA. 18400802-"Residencias Escolares".

2.1.5. AYUDAS AL FOMENTO DE LA ESCOLARIZACIÓN TEMPRANA.

Objetivo y efectos: ayudas para contribuir a los gastos de las familias así como de los tutores que los acojan en un régimen con acogimiento, por niños o niñas escolarizados en la etapa 0-3 años, en centros autorizados. Se priorizará en el régimen de ayudas a las familias numerosas y de menor renta.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.

Plazo: de 1 de enero de 2018 a 31 de diciembre de 2018.

Coste estimado: 1.500.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322B 48000 LA. 184G0408 "Fomento de la escolarización temprana".

2.1.6. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE ESCUELAS INFANTILES.

Objetivo y efectos: sufragar los gastos en infraestructuras y equipamientos de escuelas infantiles, a realizar por los Ayuntamientos de Canarias.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.

Plazo: de 1 de enero de 2018 a 31 de diciembre de 2018.

Coste estimado: 1.500.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322B 75000 PI. 187G0092 "Fomento de la escolarización temprana".

2.2. SUBVENCIONES POR INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL A DETERMINADAS FUNDACIONES, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES.

2.2.1. SUBVENCIÓN A LAS FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS DE CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS, ASÍ COMO A SU CONFEDERACIÓN.

Objetivo y efectos: financiar los gastos derivados del funcionamiento del año 2017 de las Federaciones de Asociaciones de Madres y Padres de alumnos y alumnas de centros sostenidos con fondos públicos, así como a su Confederación.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Servicios Generales.

Plazo: anual.

Coste estimado: 40.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.01.321A 4800000 LA. 184C7702-"Confederación de madres y padres de alumnos de Canarias".

2.2.2. AYUDA AL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO DE LOS ESTUDIANTES EN CANARIAS.

Objetivo y efectos: ayuda para fomentar el asociacionismo de los estudiantes en Canarias.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Servicios Generales.

Plazo: anual.

Coste estimado: 3.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.01.321A 4800000 LA. 184G0509 "Fomento del asociacionismo estudiantil".

2.2.3. SUBVENCIÓN DIRECTA A LA FUNDACIÓN RADIO ECCA.

Objetivos y efectos: impulsar la promoción y el éxito educativo en los jóvenes, entre los 18 y los 24 años, que han abandonado ya sus estudios o están en riesgo de hacerlo sin la obtención del graduado en Educación Secundaria o sin proseguir la formación posterior.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro Directivo responsable: Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

Plazo: anual.

Coste estimado: 680.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.15.322K.482.0000, elemento PEP. 18499941 "Fundación Radio ECCA-Disminución del abandono escolar".

2.2.4. SUBVENCIÓN DIRECTA A LA ESCUELA DE ACTORES DE CANARIAS.

Objetivos y efectos: contribuir al desarrollo y la consolidación de los estudios superiores de Arte Dramático en Canarias.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro Directivo responsable: Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

Plazo: anual.

Coste estimado: 860.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.15.322K.470.0000, elemento PEP. 18481402 "Escuela de Actores de Canarias".

2.3. ENSEÑANZA EDUCACIÓN ESPECIAL CONCERTADA.

2.3.1. SUBVENCIÓN DIRECTA A LOS CENTROS PRIVADOS CON UNIDADES DE EDUCACIÓN ESPECIAL CONCERTADAS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR.

Objetivo y efectos: sufragar gastos derivados del transporte escolar de los centros privados con unidades de educación especial concertadas, colaborando en la debida escolarización del alumnado con necesidades educativas específicas.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: noviembre 2017 (a partir del 18º día lectivo) a junio 2018.

Coste estimado: 1.100.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.322B 48000 LA. 18482602.- Enseñanza Educación Especial concertada (Gastos de Funcionamiento).

2.3.2. SUBVENCIÓN DIRECTA A LOS CENTROS PRIVADOS CON UNIDADES DE EDUCACIÓN ESPECIAL CONCERTADAS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR.

Objetivo y efectos: sufragar gastos derivados del transporte escolar de los centros privados con unidades de educación especial concertadas, colaborando en la debida escolarización del alumnado con necesidades educativas específicas.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: septiembre a diciembre de 2018.

Coste estimado: 500.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.322B 48000 LA. 18482602.- Enseñanza Educación Especial concertada (Gastos de Funcionamiento).

2.3.3. SUBVENCIÓN DIRECTA AL CENTRO PRIVADO CONCERTADO DE EDUCACIÓN ESPECIAL CREVO, PARA SUFRAGAR GASTOS DE UN PROGRAMA DE ATENCIÓN TEMPRANA A NIÑOS/NIÑAS DE 0 A 3 AÑOS.

Objetivo y efectos: sufragar gastos derivados de contratación de un auxiliar técnico y un fisioterapeuta para un programa de atención temprana a niños/niñas de 0 a 3 años, con el objetivo de dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan el alumnado con trastorno en el desarrollo.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: enero a junio de 2018.

Coste estimado: 18.913,71 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.322B 48000 LA. 18482602.- Enseñanza Educación Especial concertada (Gastos de Funcionamiento).

2.3.4. SUBVENCIÓN DIRECTA AL CENTRO PRIVADO CONCERTADO DE EDUCACIÓN ESPECIAL CREVO, PARA SUFRAGAR GASTOS DE UN PROGRAMA DE ATENCIÓN TEMPRANA A NIÑOS/NIÑAS DE 0 A 3 AÑOS.

Objetivo y efectos: sufragar gastos derivados de contratación de un auxiliar técnico y un fisioterapeuta para un programa de atención temprana a niños/niñas de 0 a 3 años, con el objetivo de dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan el alumnado con trastorno en el desarrollo.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: septiembre a diciembre de 2018.

Coste estimado: 11.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.322B 48000 LA. 18482602.- Enseñanza Educación Especial concertada (Gastos de Funcionamiento).

2.3.5. SUBVENCIÓN DIRECTA AL OBISPADO DE TENERIFE COMO TITULAR DEL SEMINARIO DIOCESANO DE TENERIFE, PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y DE PERSONAL DOCENTE, CONFORME AL ALUMNADO ESCOLARIZADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.

Objetivo y efectos: sufragar los gastos de funcionamiento y de personal docente, conforme al alumnado escolarizado en la educación primaria y educación secundaria obligatoria.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Plazo: curso escolar 2017/2018.

Coste estimado: 34.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

18.03.322B.480.00 L.A. 18485802 "Enseñanza primaria concertada".

18.03.322B.480.00 L.A. 18485202 "1er ciclo educación secundaria obligatoria".

18.03.322C.480.00 L.A. 18485902 "2º ciclo educación secundaria obligatoria".

II.- ÁREA DE UNIVERSIDADES.

1. ESCENARIO.

Se pretende ampliar las oportunidades de acceso a los estudios universitarios de los estudiantes residentes en Canarias, complementando la política de becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Se articula un plan dirigido a contrarrestar las dificultades con las que tropiezan los estudiantes canarios para cursar estudios universitarios y que derivan de la realidad socioeconómica de Canarias, en especial, de la fragmentación insular de nuestro territorio.

La complementariedad de las becas del Gobierno de Canarias con las del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se materializa en la ampliación de los umbrales académicos respecto a los contemplados en la convocatoria estatal y en la de establecer que las convocatorias anuales han de elevar los umbrales de renta para la obtención de la cuantía fija ligada a la residencia y de la cuantía adicional por transporte marítimo o aéreo para estos estudiantes. Por lo que se beneficiarán de las becas del Gobierno de Canarias los estudiantes que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria autonómica, no cumplan con los requisitos más exigentes de la convocatoria estatal. Se ha detectado la necesidad de corregir las injusticias que se derivan de la previsión en la convocatoria canaria de los mismos requisitos económicos de la convocatoria estatal. La aplicación de los mismos umbrales económicos conlleva que muchas familias, con renta media-baja, superen el patrimonio o los ingresos máximos establecidos en nuestra convocatoria y se les deniegue la beca en la cuantía fija ligada a la residencia (para la que no se puede superar el umbral 2 de renta) y la cuantía adicional por transporte marítimo o aéreo (para la que no se puede superar el umbral 3 de renta). El hecho insular y la lejanía con la Península suponen un mayor esfuerzo económico a las familias canarias que las que soportan las residentes en la España Peninsular, por lo que conviene un tratamiento diferenciado para los solicitantes con residencia en El Hierro, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Fuerteventura y/o que estudian en la Península.

Por otra parte, el hecho de que la convocatoria canaria sea complementaria a la del Ministerio ha obligado a esperar hasta la resolución de la convocatoria estatal, para evitar la duplicidad en la concesión de estas becas incompatibles. Lo anterior, unido a los retrasos y errores en los envíos de los datos académicos, y las incidencias informáticas que genera el cruce de estos ficheros y los académicos, ha supuesto que los últimos pagos de las becas concedidas tengan lugar una vez ha concluido el curso académico para el que se solicitó la beca. Por ello, fue necesaria una reforma del procedimiento que eliminó estas deficiencias y está permitiendo resolver la convocatoria sin esperar a que lo haga el Ministerio con su convocatoria.

Acorde con la etapa de crisis que se atraviesa, la concesión de las becas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para tal finalidad, aunque como en años anteriores, el crédito que se haya de consignar para esta finalidad en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias tenga el carácter de ampliable. En el caso de que las limitaciones presupuestarias no permitan atender a la pluralidad de posibles beneficiarios se concederán las becas atendiendo al siguiente orden de prelación:

El crédito disponible para cada convocatoria se asignará en primer lugar a la cobertura de las becas de matrícula y a las cuantías fijas de las becas, para todos los estudiantes que resulten beneficiarios de las mismas según establezca la convocatoria. Para repartir el crédito sobrante tras la concesión de becas para matrícula, se atenderá a la renta media de la unidad familiar, resolviéndose a favor de los solicitantes con rentas más bajas.

Desde cursos pasados se permite la presentación telemática de las solicitudes de beca, una vez que ha entrado en funcionamiento la Sede Electrónica de la Consejería de Educación y Universidades. Para futuras convocatorias está prevista la tramitación electrónica total y obligatoria. En la Disposición final segunda de la Orden del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, de fecha 31 de julio de 2014 (BOC nº 155, de 12 de agosto de 2014), por la que se aprobaron, con vigencia indefinida, las bases reguladoras por la que se regirán las convocatorias de becas para la realización de estudios universitarios, se establece la forma en que se tramitará la convocatoria de manera electrónica, una vez esté plenamente operativo el sistema de firma por clave concertada.

2.- PROYECTOS.

2.1. LA EXCELENCIA EN LA UNIVERSIDAD.

2.1.1. CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN LOS CURSOS ACADÉMICOS 2017/2018 Y 2018/2019.

Procedimiento de concesión: subvenciones con convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Centro directivo responsable: Dirección General de Universidades.

Plazo: curso académico 2017/2018 y 2018/2019.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias. La aplicación presupuestaria con cargo a la cual se financia la convocatoria: la 18.07. 323A L.A. 18404502 Ayudas a los Estudios Universitarios (Ley 8/2003, de Becas y Ayudas a los Estudios Universitarios), por importe de 12.213.942,00 euros.

446.00 A Universidades. Importe: 3.500.000,00 euros.

480.00 A familias e instituciones sin fines de lucro. Importe: 8.713.942,00 euros. Ambas convocatorias, en caso de sobrante de la primera de las convocatorias.

2.1.2. CONVOCATORIA DE AYUDA AL TRANSPORTE PARA RESIDENTES EN ISLAS NO CAPITALINAS Y SITUACIONES EXCEPCIONALES.

Objetivo y efectos: sufragar el sobre coste económico que a las familias de estudiantes residentes en las islas no capitalinas les supone tener que cursar sus estudios superiores en las islas capitalinas, de tal manera que se garantice el acceso de dichos estudiantes a la formación superior en las islas capitalinas, corrigiendo situaciones especiales por ausencia de oferta o haber agotado la existente dentro y fuera del territorio insular.

Procedimiento de concesión: subvenciones con convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Centro directivo responsable: Dirección General de Universidades.

Plazo: curso académico 2017/2018 y 2018/2019.

Coste estimado del curso 2017/2018: 485.000,00 euros.

Coste estimado del curso 2018/2019: 485.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.323A 48000 LA. 184G0211 "Ayuda al transporte de estudiantes residentes en islas no capitalinas", por importe de 970.000 euros.

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