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BOC Nº 95. Jueves 17 de Mayo de 2018 - 2373

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde

2373 Edicto de 2 de marzo de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000364/2017.

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BOC-A-2018-095-2373. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Gisela Cifrián Gil, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Telde, a 22 de diciembre de 2017.

Dña. María del Carmen López Tomasetty Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario, registrados con el nº 364/2017, promovidos por D. Tanausú Naranjo Barrera, mayor de edad, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana Teresa Kozlowski Betancor, y asistido por la letrada Dña. Edith Volo Pérez, contra Inenca, S.A. en situación procesal de rebeldía, sobre declarativa de dominio

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Dña. Ana Teresa Kozlowski Betancor, en nombre y representación de D. Tanausú Naranjo Barrera, contra Inenca, S.A. declarar a favor del demandante el dominio de la finca "trozo de terreno que es parte de la parcela 28 del plano de parcelación de la finca matriz, sita en el lugar denominado Jable de Arinaga, del término municipal de Agüimes, Urbanizacion Edén, en Playa de Vargas, ocupa una superficie de 186 m2. En ella existe edificada una vivienda unifamiliar que mide 138,5 m2. Dicha vivienda tiene el nº 66 de gobierno de la calle Hermanos Lumiere del término municipal de Agüimes. Linda: al norte o frente con la calle de la parcelacion, al sur con el resto de la parcela de la que se segrega; al naciente o este con el resto de la parcela de la que se segrega (actualmente Hermanos Lumiere); al poniente u oeste con la calle de La Parcelacion", con condena en costas a la demandada.

Contra esta resolución cabe formular ante este Juzgado recurso de apelación, que se interpondrá en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución, conforme disponen los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez que la ha dictado, estando constituida en Audiencia Pública en el mismo día.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Inenca S.A., expido y libro el presente en Telde, a 2 de marzo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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