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BOC Nº 99. Miércoles 23 de Mayo de 2018 - 2445

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

2445 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 15 de mayo de 2018, por la que se amplía la Resolución de 19 de abril de 2018, que da publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en diversas corporaciones locales de Canarias.

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BOC-A-2018-099-2445. Firma electrónica - Descargar

I. ANTECEDENTES

1º) En el Boletín Oficial de Canarias nº 84, de 2 de mayo de 2018, se publicó la Resolución de esta Dirección General de 19 de abril de 2018, por la que se dio publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en diversas corporaciones locales de Canarias.

2º) Con posteridad al dictado de la indicada Resolución, se ha recibido en esta Dirección General la siguiente documentación:

- Decretos del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, de 13 de abril de 2018, en cuya virtud se aprueban las bases específicas que han de regir los concursos para la provisión definitiva, por concurso ordinario de méritos, de los puestos de trabajo de Secretaría, clase primera, Intervención, clase primera, y Tesorería, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Dicha documentación se recibió en esta Dirección General el día 27 de abril de 2018, a través de correo ordinario.

- Resolución nº 255, de 3 de mayo de 2018, dictada por la Concejala Delegada de Personal del Ayuntamiento de Vega de San Mateo, por la que se aprueban las bases específicas para la provisión por concurso ordinario del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, y de Tesorería, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Dicha documentación se recibió el día 3 de mayo de 2018, a través de ORVE.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 92 bis, apartado 6, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado en virtud del apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, prevé la existencia de dos concursos anuales para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: el concurso ordinario y el concurso unitario. El concurso unitario será convocado por la Administración del Estado y tendrá carácter supletorio. En relación con el concurso ordinario, las corporaciones locales con puestos vacantes aprobarán las bases del mismo, de acuerdo con el modelo de convocatoria y bases comunes que se aprueben en el real decreto de desarrollo, y efectuarán las convocatorias, remitiéndolas a la correspondiente Comunidad Autónoma para su publicación simultánea en los diarios oficiales.

El desarrollo reglamentario de las previsiones contenidas en el artículo 92 bis de la LRBRL se ha efectuado por el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 67, de 17), cuyo Capítulo IV está dedicado a la provisión de puestos de trabajo reservados por concurso. El artículo 29 establece que la provisión de puestos vacantes se efectuará mediante concursos ordinarios de méritos, convocados con carácter anual por los Presidentes de las corporaciones locales y publicados simultáneamente por el órgano competente de la Comunidad Autónoma; mientras que el concurso unitario tendrá carácter subsidiario o supletorio, para la provisión de aquellos puestos no cubiertos en el concurso ordinario.

De acuerdo con la Disposición transitoria quinta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, a los concursos de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que se convoquen con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto, y de la orden de desarrollo del mismo, les serán de aplicación el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y la Orden de 10 de agosto de 1994. Asimismo, y mientras no se lleve a cabo el citado desarrollo normativo, los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento de Administración Local serán los establecidos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.D) de la Orden del Ministerio de Administraciones Públicas, de 10 de agosto de 1994.

Segunda.- Los puestos de trabajo de Secretaría, Intervención y Tesorería del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, así como los puestos de trabajo de Intervención y de Tesorería del Ayuntamiento de Vega de San Mateo, están vacantes por inexistencia de titular definitivo, según los datos que obran en el Registro integrado al que se refiere el artículo 92 bis, apartado 9, de la LRBRL. En consecuencia, dentro de los diez primeros días del mes de febrero, los Presidentes de dichas corporaciones locales venían obligados a aprobar las convocatorias de concurso ordinario y a remitirlas a esta Comunidad Autónoma, de acuerdo con el artículo 19, párrafo primero, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, norma reglamentaria que resulta de aplicación al presente procedimiento, ya que la Administración del Estado no ha aprobado aun la Orden de desarrollo del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Vista la Circular nº 1, dictada por esta Dirección General con fecha 25 de enero de 2018, sobre concurso ordinario de 2018, para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en entidades locales canarias.

Esta Dirección General, en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 71.2.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre (BOC nº 252, de 30),

R E S U E L V E:

Primero.- Dar publicidad, en extracto, a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de los puestos de trabajo que se relacionan a continuación, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en las corporaciones locales que se indican, así como de las bases específicas por las que se regirán, en los términos siguientes:

SECRETARÍA, CATEGORÍA SUPERIOR

Corporación: Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.

Denominación del puesto: Secretaría, clase primera.

Subescala: Secretaría.

Categoría: Superior.

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuantía del complemento específico anual: 16.468,06 euros.

Méritos específicos: no se establecen.

Entrevista: no se contempla.

Puntuación mínima: no se establece.

Tribunal de Valoración:

El Tribunal de Valoración está integrado por los miembros siguientes:

- Presidente: un funcionario de carrera, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, del Grupo A, Subgrupo A1.

- Vocales:

Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo A1, designado por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.

Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo A1, designado por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.

Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, de igual o superior categoría que la del puesto convocado, perteneciente al Grupo A, Subgrupo A1; siendo titular don José Luis Ibáñez Modrego, Secretario del Cabildo Insular de La Palma, habilitado de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría superior, como titular, y doña María del Carmen Ávila Ávila, Vicesecretaria General del Cabildo Insular de La Palma, habilitada de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría superior, como suplente.

Un funcionario de carrera designado a propuesta de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Secretario: será designado de entre los vocales.

Se designarán los correspondientes suplentes, con sujeción a los requisitos señalados.

Aprobación de la convocatoria y bases: Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 13 de abril de 2018.

INTERVENCIÓN-TESORERÍA, CATEGORÍA SUPERIOR

Corporación: Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.

Denominación del puesto: Intervención, clase primera.

Subescala: Intervención-Tesorería.

Categoría: Superior.

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuantía del complemento específico anual: 16.468,06 euros.

Méritos específicos: no se establecen.

Entrevista: no se contempla.

Puntuación mínima: no se establece.

Tribunal de Valoración:

El Tribunal de Valoración está integrado por los miembros siguientes:

- Presidente: un funcionario de carrera, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, del Grupo A, Subgrupo A1.

- Vocales:

Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo A1, designado por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.

Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo A1, designado por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.

Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, de igual o superior categoría que la del puesto convocado, perteneciente al Grupo A, Subgrupo A1; siendo titular don Antonio Messía de Yraola, Interventor del Cabildo Insular de Tenerife, habilitado de carácter nacional, categoría superior, como titular, y, como suplente, a determinar.

Un funcionario de carrera designado a propuesta de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Secretario: será designado de entre los vocales.

Se designarán los correspondientes suplentes, con sujeción a los requisitos señalados.

Aprobación de la convocatoria y bases: Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 13 de abril de 2018.

TESORERÍA

Corporación: Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala: Intervención-Tesorería.

Categoría: sin distinción de categoría.

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuantía del complemento específico anual: 16.468,06 euros.

Méritos específicos: no se establecen.

Entrevista: no se contempla.

Puntuación mínima: no se establece.

Tribunal de Valoración:

El Tribunal de Valoración está integrado por los miembros siguientes:

- Presidente: un funcionario de carrera, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, del Grupo A, Subgrupo A1.

- Vocales:

Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo A1, designado por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.

Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo A1, designado por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.

Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, de igual o superior categoría que la del puesto convocado, perteneciente al Grupo A, Subgrupo A1; siendo el titular don Gerardo Armas Davara, Interventor del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, habilitado de carácter nacional, como titular, y doña Yurena Hernández Mederos, Tesorera del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, habilitada de carácter nacional, como suplente.

Un funcionario de carrera designado a propuesta de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Secretario: será designado de entre los vocales.

Se designarán los correspondientes suplentes, con sujeción a los requisitos señalados.

Aprobación de la convocatoria y bases: Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 13 de abril de 2018.

Corporación: Ayuntamiento de Vega de San Mateo.

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala: Intervención-Tesorería.

Categoría: sin distinción de categoría.

Nivel del complemento de destino: 22.

Cuantía del complemento específico anual: 21.742,23 euros.

Méritos específicos: no se establecen.

Realización de entrevista: no se prevé.

Tribunal de Valoración:

Presidente: un funcionario con habilitación de carácter nacional (Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada o superior), designado por el Presidente de la Corporación.

Vocales:

Un funcionario con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, designado por el Presidente de la Corporación.

Un Técnico de Administración General designado por el Presidente de la Corporación.

Un funcionario con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, designado por el Presidente de la Corporación, que hará las funciones de Secretario del Tribunal.

Un representante de la Comunidad Autónoma de Canarias, designado por la Dirección General de la Función Pública.

Al propio tiempo, se designarán los correspondientes suplentes, con sujeción a los requisitos señalados.

Aprobación de la convocatoria y bases: Resolución de la Concejala Delegada de Personal nº 255, de 3 de mayo de 2018.

INTERVENCIÓN-TESORERÍA, CATEGORÍA DE ENTRADA

Corporación: Ayuntamiento de Vega de San Mateo.

Denominación del puesto: Intervención, clase segunda.

Subescala: Intervención-Tesorería.

Categoría: entrada.

Nivel del complemento de destino: 22.

Cuantía del complemento específico anual: 21.742,23 euros.

Méritos específicos: no se establecen.

Realización de entrevista: no se prevé.

Tribunal de Valoración:

Presidente: un funcionario con habilitación de carácter nacional (Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada o superior), designado por el Presidente de la Corporación.

Vocales:

Un funcionario con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, designado por el Presidente de la Corporación.

Un Técnico de Administración General designado por el Presidente de la Corporación.

Un funcionario con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, designado por el Presidente de la Corporación, que hará las funciones de Secretario del Tribunal.

Un representante de la Comunidad Autónoma de Canarias, designado por la Dirección General de la Función Pública.

Al propio tiempo, se designarán los correspondientes suplentes, con sujeción a los requisitos señalados.

Aprobación de la convocatoria y bases: Resolución de la Concejala Delegada de Personal nº 255, de 3 de mayo de 2018.

Segundo.- Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial, régimen económico y fiscal y normativa de la Comunidad Autónoma de Canarias, serán los previstos en el Decreto 277/1997, de 10 de diciembre (BOC nº 170, de 31), transcritos en el Anexo I de la Resolución de 19 de abril de 2018 (BOC nº 84, de 2 de mayo de 2018).

Tercero.- Las bases comunes por las que se rigen las convocatorias del concurso ordinario son las aprobadas por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 8 de septiembre de 1994 (BOE nº 216, de 9).

Cuarto.- La Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública dispondrá la publicación conjunta, en extracto, de todas las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado, pudiendo salvarse en dicho trámite cualquier error u omisión padecidos en las publicaciones llevadas a efecto en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas, de conformidad con el artículo 19, párrafo segundo, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Quinto.- Los actos administrativos de las corporaciones locales y de los tribunales de valoración, realizados en el procedimiento de concurso, podrán ser impugnados conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2018.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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