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BOC Nº 101. Viernes 25 de Mayo de 2018 - 2505

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

2505 Secretaría General Técnica.- Resolución de 9 de mayo de 2018, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes y la Universidad de La Laguna para la "realización del proyecto de creación de la red de microáreas ecoturísticas litorales en Canarias", cofinanciado por el FEDER en el marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020.

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BOC-A-2018-101-2505. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los Convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior,

R E S U E L V O:

Único.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio de Colaboración entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes y la Universidad de La Laguna para la "realización del proyecto de creación de la red de microáreas ecoturísticas litorales en Canarias", cofinanciado por el FEDER en el marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de mayo de 2018.- El Secretario General Técnico, Francisco Hernández Padilla.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PARA LA "REALIZACIÓN DEL PROYECTO DE CREACIÓN DE LA RED DE MICROÁREAS ECOTURÍSTICAS LITORALES EN CANARIAS", COFINANCIADO POR EL FEDER EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE CANARIAS 2014-2020.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de marzo de 2018.

De una parte, el Excmo. Sr. Isaac Castellano San Ginés, Consejero de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, según nombramiento efectuado por Decreto 106/2017, de 31 de julio (BOC nº 147, de 1.8.17), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorgan los artículos 16.1 y 29.1, letra k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como el artículo 4.2, letra d), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, aprobado por Decreto 24/2016, de 4 de abril.

De otra parte, D. Antonio Martinón Cejas, con DNI 41978458P, Rector Magnífico de la Universidad de La Laguna, nombrado en virtud del Decreto 74/2015, de 22 de mayo (BOC nº 99, de 26.5.15), en uso de las facultades atribuidas por el artº. 20.1 la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), y por los artículos 167 y 168 del Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC de 26 de julio de 2004), poderes que no han sido derogados ni modificados, con domicilio en la calle Molinos de Agua, s/n, 38200-La Laguna, con CIF Q3818001D.

Las partes se reconocen capacidad legal necesaria y suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto,

EXPONEN

I.- Que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud del artículo 30.21 del Estatuto de Autonomía de Canarias, tiene competencia exclusiva en materia de turismo, correspondiendo a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, la gestión de los servicios y de las competencias en materia de turismo, según lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, aprobado por Decreto 24/2016, de 4 de abril.

II.- Que la Universidad de La Laguna, en adelante ULL, es una universidad pública, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, que actúa en régimen de autonomía, de acuerdo con la Constitución y las Leyes, y a la que le corresponde la prestación del servicio público de la educación superior.

La Universidad de La Laguna asume como uno de sus objetivos esenciales el desarrollo de la investigación científica, técnica y artística y la formación de investigadores, y atenderá tanto a la investigación básica como a la aplicada, favoreciendo especialmente las iniciativas investigadoras que ayuden al desarrollo integral de Canarias.

Y tiene entre sus fines fundamentales favorecer el intercambio científico, la movilidad académica y la cooperación para el desarrollo de los pueblos.

III.- Que la estrategia de desarrollo de Canarias para el periodo 2014-2020 establece como meta u objetivo global la promoción del desarrollo sostenible de la comunidad autónoma, procurando la consolidación de una economía competitiva que cree empleo de manera sostenida, siendo respetuosa con el medio ambiente y los valores naturales del territorio insular.

IV.- Que el Proyecto de Microáreas Ecoturísticas Litorales, en adelante Ecoáreas, contribuye a la Estrategia Atlántica de la Unión Europea y se encuentra amparado por las prioridades y objetivos de la Inversión Territorial Integrada, también conocida por ITI Azul, tal y como establece el artículo 36 del Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

En este contexto, el proyecto de Microáreas Ecoturísticas Litorales, previsto en el programa 432G de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, se contempla en el ámbito del Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 dentro del "Eje Prioritario-Objetivo Temático OT6. Conservar y Proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos. Prioridad de Inversión PI 6.3. Conservación, protección, fomento y desarrollo del patrimonio natural y cultural. Objetivo Específico OE 6.3.2. Desarrollo y promoción de las áreas naturales en particular las de interés turístico. Campo de Intervención CI 091. Desarrollo y promoción del potencial turístico de espacios naturales".

V.- Que para la realización de este Proyecto es imprescindible el conocimiento de las distintas variables que integran e intervienen en estas áreas naturales y que aporten un conocimiento científico sobre las mismas. La finalidad es contar con un sistema metodológico que sirva para medir los criterios objetivos de sostenibilidad básicos para la creación de la Red de Ecoáreas en Canarias, necesario para poder tener indicadores medioambientales, sociales, económicos y de gestión que permitan la toma de decisiones estratégicas que deban aportarse para el adecuado desarrollo de participación de este proyecto europeo desde la Administración Autonómica y que sea una herramienta fundamental para definir las directrices a seguir.

VI.- Que la Comunidad Autónoma de Canarias cuenta con dos universidades públicas: la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y la Universidad de La Laguna que tienen científicos con los conocimientos y la experiencia necesarias en las disciplinas de ciencias medioambientales, ciencias sociales, turismo y economía para poder conformar el Consejo Científico del Proyecto.

VII.- Que la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, con la finalidad de contar con los avales científicos necesarios para la adopción de decisiones estratégicas en el desarrollo del proyecto Ecoáreas, precisa:

1. Constituir el equipo de coordinación científica, asesoramiento técnico y secretariado del proyecto.

2. Asesoramiento técnico de coordinación de criterios, equipo y metodología entre las instituciones implicadas.

3. Planificar, hacer el seguimiento y control de tareas, cronogramas y equipos de trabajo.

4. Consolidar y dinamizar el Consejo Científico de expertos en las áreas de turismo sostenible, economía, gestión marina, gestión pesquera, biodiversidad y conservación, sociología y ciencias sociales.

5. Organizar las reuniones y los encuentros necesarios para definir el protocolo de implementación de las ecoáreas.

6. Crear y dotar de formación específica a los equipos de facilitadores y de dinamizadores que asistirán a los diferentes actores interesados en el litoral y a las instituciones públicas que intervengan.

7. Definir los criterios y plan de formación de facilitadores y de dinamizadores.

8. Realizar jornadas de formación y unificación de metodología con los equipos de facilitación y de dinamización.

9. Crear un protocolo de implementación de las ecoáreas con los criterios de aval científico por expertos de varias instituciones, de fácil aplicación para potenciar la participación social, coordinado con las administraciones competentes y extrapolable a otras latitudes.

10. Realizar jornadas multisectoriales con representantes de las principales administraciones implicadas, instituciones de investigación, agentes económicos y sociales con la finalidad de consensuar los ejes principales sobre los que se apoyará la Red de Ecoáreas de Canarias.

11. Asistencia a las instituciones implicadas en la creación, seguimiento y evaluación de las ecoáreas con un equipo de dinamizadores especializados y específicamente formados para el diseño y la implementación coordinada de las ecoáreas.

12. Seguimiento del proyecto y optimización de las metodologías en base a las experiencias prácticas en las distintas iniciativas de las ecoáreas desarrolladas.

13. Organizar jornadas informativas y de concienciación con representantes de empresas y asociaciones relacionadas con el proyecto.

14. Organizar y realizar un de seminario de cierre con representantes de las principales administraciones implicadas, instituciones de investigación, agentes económicos y sociales.

15. Recoger en soportes audiovisuales de diversos formatos las diferentes fases del proyecto y de sus principales hitos.

16. Redactar y entregar los documentos de Protocolo para la puesta en marcha de las ecoáreas y su red en Canarias, contemplando que las líneas generales sean extrapolables a otras latitudes.

La ULL está en disposición de ofrecer equipos de expertos que puedan conformarse en el Consejo Científico y que vienen recogidos en el cuerpo del Convenio.

Por ello, las dos instituciones consideran esencial el establecimiento y reforzamiento de acciones conjuntas para que el turismo en Canarias siga afianzándose como el principal inductor de progreso económico-social, conservando y protegiendo el medio ambiente y la eficiencia de los recursos en un desarrollo sostenible, tal como promueve la Unión Europea.

VIII.- Que con fecha 31 de mayo de 2017 la Directora General de Ordenación e Infraestructura Turística eleva Propuesta para el inicio del procedimiento de formalización del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la ULL para "la realización del proyecto de creación de la Red de Microáreas Ecoturísticas Litorales en Canarias, cofinanciado por el FEDER en el marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020", así como la autorización y disposición del gasto.

IX.- Que la referida actuación cumple con los criterios de selección de las operaciones y está cofinanciada en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo (POC 2014-2020), siendo por tanto voluntad de las partes establecer mediante el presente Convenio las condiciones y requisitos para la aplicación de dichos fondos.

Por todo lo cual, y en virtud de lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

Es objeto del presente Convenio, la regulación de las bases de colaboración entre la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la ULL para la realización del "Proyecto de creación de la Red de Microáreas Ecoturísticas Litorales cofinanciado por el FEDER en el marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020", de cuyo resultado serán cotitulares las partes firmantes.

Segunda.- Compromisos y actuaciones previstas.

1. La Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias aportará, en concepto de financiación, la cantidad de ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta (152.450,00) euros, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 16.04.432G.640.22.00, Proyecto de Inversión 156G0200, bajo la denominación "Proyecto Microáreas Ecoturísticas Litorales (MAEL) FEDER" y con la siguiente distribución por anualidades:

* 2018: 137.205,00 euros.

* 2019: 15.245,00 euros.

El citado proyecto se encuentra cofinanciado por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, dentro del Eje Prioritario-Objetivo Temático OT6. Conservar y Proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos. Prioridad de Inversión PI 6.3. Conservación, protección, fomento y desarrollo del patrimonio natural y cultural. Objetivo Específico OE 6.3.2. Desarrollo y promoción de las áreas naturales en particular las de interés turístico. Campo de Intervención CI 091. Desarrollo y promoción del potencial turístico de espacios naturales, todo ello sujeto a su correcta realización y justificación en los términos recogidos en este Convenio.

2. La ULL se compromete a la realización del proyecto de creación de la Red de Ecoáreas en Canarias, con el siguiente contenido y condiciones:

2.1. Organización:

La Red de Ecoáreas de Canarias tendrá un único Consejo Científico que realizará el asesoramiento científico del proyecto y estará formado por expertos de las dos universidades canarias en las áreas de turismo sostenible, economía, gestión marina, gestión pesquera, biodiversidad y conservación, sociología, salud pública y ciencias sociales con el objetivo principal de establecer las bases científicas del proyecto y las líneas de acción y evaluación del mismo.

Las atribuciones del Consejo Científico, así como su composición y sustitutos, serán:

2.1.a.- Atribuciones:

2.1.a.1.- Definir las estrategias para la coordinación en los planteamientos relacionados con los objetivos del proyecto, las líneas de acción y evaluación del mismo, redacción de los protocolos, e informes.

2.1.a.2.- Desarrollar una metodología experimental de las ecoáreas que dará lugar al Protocolo de implementación.

2.1.a.3.- Sentar las bases de la Red Canaria de Ecoáreas.

2.1.a.4.- Realizar los dictámenes específicos que se precisen, que serán elaborados siempre a instancia de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística del Gobierno de Canarias.

De manera específica, los miembros del Consejo participarán en las siguientes acciones para contribuir con la evolución del proyecto:

Del coordinador técnico del Consejo Científico:

* Coordinar a los responsables de área.

* Convocar y organizar reuniones de coordinación, y levantar acta de las mismas.

* Asistir a reuniones de coordinación con los equipos técnicos.

* Asistir y coordinar las reuniones del Consejo Científico y levantar acta de las mismas.

* Asistir a reuniones con equipo de coordinación de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística cuando sean requeridos.

Del coordinador de gestión sostenible del Consejo Científico:

* Realizar la coordinación interadministrativa para el desarrollo de la Red de Ecoáeras.

De los coordinadores de área:

* Coordinar a los miembros de su área.

* Convocar y organizar reuniones de área, y levantar acta de las mismas.

* Planificar y supervisar la correcta ejecución en plazo de los trabajos del área.

* Asistir a las reuniones para las que sean requeridos.

* Participar en la formación de cuatro facilitadores para la provincia de Las Palmas y cuatro para la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Del resto de los miembros:

* Realizar los análisis DAFO del proyecto y establecer las acciones de investigación a desarrollar.

* Definir la metodología para la creación, dinamización y evaluación de las ecoáreas.

* Aportar bibliografía especializada que dé soporte científico y técnico a los planes de acción del proyecto.

* Participar en reuniones periódicas para debatir sobre el estatus actual, el desarrollo y las acciones a futuro del proyecto.

* Desarrollar e impulsar estudios, informes y acciones específicas que contribuyan al desarrollo del proyecto Ecoáreas.

* Asesorar y participar en tareas específicas que surjan mediante consultas por correo electrónico.

* Crear las condiciones necesarias para asegurar la continuidad temporal de las acciones y la perdurabilidad del proyecto junto a la Red Canaria de las Ecoáreas.

* Participar en la formación de facilitadores y dinamizadores.

2.1.b.- Composición del Consejo Científico:

El Consejo Científico estará constituido por un Coordinador Técnico y un Coordinador del área de gestión, designados por la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, tres coordinadores de área, correspondientes a las áreas de recursos naturales, área de turismo y economía y área de sociedad y participación, designados, los dos primeros por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y el coordinador del área de sociedad y participación por la Universidad de La Laguna, y ocho miembros que serán designados, uno por la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, tres por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y cuatro por la Universidad de La Laguna.

Coordinador Técnico:

* José Antonio González. Instituto Universitario de investigación en Estudios Ambientales y Recursos Naturales i-UNAT/ULPGC y Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI)/Gobierno de Canarias.

Coordinador de gestión:

* José Luis Cárdenes Martín. Sociólogo de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

Coordinadores de Área:

Área de recursos naturales:

* Alberto Miguel Brito Hernández, catedrático de Universidad y profesor de Biología Marina de la Universidad de La Laguna.

Área de turismo y economía:

* Matías Manuel González Hernández. Cátedra UNESCO en Planificación Turística y Desarrollo Sostenible, Instituto Universitario de Turismo y Desarrollo Económico Sostenible TIDES/ULPGC.

Área de sociedad y participación:

* Raquel de la Cruz Modino. Instituto Universitario de Ciencias Políticas y Sociales, ULL.

Miembros

Área de recursos naturales:

1. Fernando José Tuya Cortés. Departamento de Biología y Centro de Investigación BIOCON de la ULPGC.

2. Marta Sansón Acedo. Profesora titular de Botánica Marina de la Universidad de La Laguna.

Área de turismo y economía:

3. Sergio Moreno Gil. Departamento de Dirección de Empresas e Instituto TIDES de la ULPGC

4. Carlos Fernández Hernández, Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la ULL, Doctor en Economía por la ULPGC.

Área de sociedad y participación:

5. Pablo Rodríguez González. Cátedra de Turismo de la ULL.

6. José Joaquín O'Shanahan Juan. Responsable de la Cátedra UNITWIN-UNESCO de Sistemas Locales de Salud de la ULPGC. Director del Proyecto KAYOU, "Al mar sin barreras, navegar sin fronteras".

Área de gestión:

7. Ángel Lobo Rodrigo. Departamento de Derecho Administrativo de la ULL y Federación Canaria de Surf.

8. Ignacio Alonso Bilbao. Departamento de Geología de la ULPGC.

2.1.c.- Dirección Técnica, facilitación y dinamización del proyecto:

La Dirección Técnica del proyecto será llevada a cabo por el Coordinador Técnico y los Coordinadores de Área del Consejo Científico. Para hacer su labor contarán con un equipo de apoyo que estará formado por una persona de secretariado de gestión administrativa y ocho personas, cuatro dependientes de la ULPGC y cuatro de la Universidad de La Laguna, que realizarán el trabajo de campo para el desarrollo metodológico de las ecoáreas en sus fases de facilitación y dinamización.

2.1.d.- Entregables:

2.1.d.1.- Informe CCC de consolidación y dinamización del Consejo Científico, que contendrá la relación e historial de los expertos en las áreas de turismo sostenible y economía, gestión marina, gestión pesquera, biodiversidad y conservación, sociología, salud pública y ciencias sociales encargados de definir el protocolo de implementación de las ecoáreas así como los análisis actualizados de los DAFO del proyecto, de las diferentes áreas, diferenciados por materias.

2.1.d.2.- Informe CC 1 intermedio de actividad del Consejo Científico, que contendrá la relación de reuniones y actividades desarrolladas por el Consejo hasta la fecha de presentación del documento, con descripción de los avances obtenidos y la relación detallada de las dificultades.

2.1.d.3.- Informe CC 2 intermedio de actividad del Consejo Científico, que contendrá la relación de reuniones y actividades desarrolladas por el Consejo hasta la fecha de presentación del documento, con descripción de los avances obtenidos y la relación detallada de las dificultades.

2.1.e.4.- Informe CC 3 intermedio de actividad del Consejo Científico, que contendrá la relación de reuniones y actividades desarrolladas por el Consejo hasta la fecha de presentación del documento, con descripción de los avances obtenidos y la relación detallada de las dificultades.

2.1.d.5.- Informe CC 4 final de actividad del Consejo Científico, que contendrá la relación de reuniones y actividades desarrolladas por el Consejo hasta la fecha de presentación del documento, con descripción de los avances obtenidos y la relación detallada de las dificultades.

2.1.d.6.- Manual Práctico de puesta en funcionamiento de las ecoáreas en versión castellano e inglés.

2.1.d.7.- Protocolo 1 de implementación de las ecoáreas, que contendrá el programa de formación del personal encargado de asistir a las administraciones locales en la implementación de las ecoáreas. El documento integrará los criterios, contenidos, y dinámicas necesarios para desarrollar los conocimientos imprescindibles para participar en la dinamización, seguimiento y evaluación de cualquier ecoárea.

2.1.d.8.- Protocolo 2 de implementación de las ecoáreas, que contendrá el procedimiento detallado de implementación de las ecoáreas para su creación, seguimiento y evaluación, haciendo una descripción específica de los criterios y las diferencias metodológicas entre la aplicación específica del lugar y la exportable.

2.1.d.9.- Protocolo 3 de implementación de las ecoáreas, que contendrá la revisión del procedimiento de implementación de las ecoáreas y los criterios para la creación, seguimiento y evaluación.

2.2.d.10.- Protocolo 4 final de implementación de las ecoáreas, que contendrá la revisión del procedimiento de implementación de las ecoáreas y los criterios para la creación, seguimiento y evaluación, incorporando las experiencias de las ecoáreas en desarrollo en el año 2017.

2.1.d.11.- Informe I 1 de las reuniones de coordinación con las instituciones y, específicamente, con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

2.1.d.12.- Informe I 2 de las reuniones de coordinación con las instituciones y, específicamente, con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

2.1.d.13.- Informe I 3 de las reuniones de coordinación con las instituciones y, específicamente, con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

2.1.d.14.- Informe I 4 de las reuniones de coordinación con las instituciones y, específicamente, con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

2.1.d.15.- Indicadores IF 1 de realización y resultados según normativa FEDER.

2.1.d.16.- Indicadores IF 2 de realización y resultados según normativa FEDER.

2.1.d.17.- Indicadores IF 3 de realización y resultados según normativa FEDER.

2.1.d.18.- Indicadores IF 4 de realización y resultados según normativa FEDER.

2.2. Manual de formación para los facilitadores:

Elaboración de un manual que compendie toda la información necesaria para ejercer las actividades de facilitación del proyecto.

El manual definirá los criterios de formación específica de los facilitadores, separado por materias, y fijará los criterios, contenidos y dinámicas necesarios para desarrollar los conocimientos imprescindibles para participar en la dinamización, seguimiento y evaluación de cualquier ecoárea.

2.2.a.- Entregable:

2.2.a.1.- Manual FD de formación para facilitadores, que contendrá el programa de formación del personal encargado de asistir a las administraciones locales en la implementación de las ecoáreas, separado por materias. El documento integrará los criterios, contenidos y dinámicas necesarios para desarrollar los conocimientos imprescindibles para participar en la dinamización, seguimiento y evaluación de cualquier ecoárea.

2.3. Manual de formación para los dinamizadores:

Elaboración de un manual que compendie toda la información necesaria para ejercer las actividades de dinamización del proyecto.

El manual contendrá el programa de formación específica del personal encargado de asistir a las administraciones locales en la implementación de las ecoáreas, separado por materias, y fijará los criterios, contenidos y dinámicas necesarios para desarrollar los conocimientos imprescindibles para participar en la dinamización, seguimiento y evaluación de cualquier ecoárea.

2.3.a.- Entregable:

2.3.a.1.- Manual DIM de formación para dinamizadores, que contendrá el programa de formación del personal encargado de asistir a las administraciones locales en la implementación de las ecoáreas, separado por materias. El documento integrará los criterios, contenidos y dinámicas necesarios para desarrollar los conocimientos imprescindibles para participar en la dinamización, seguimiento y evaluación de cualquier ecoárea.

2.4. Jornadas MARDETODOS 2018.

Realización de jornadas multisectoriales con representantes de las principales administraciones implicadas, instituciones de investigación, agentes económicos y sociales con la finalidad de consensuar los ejes principales sobre los que se apoyará la Red de Ecoáreas de Canarias.

En el proceso de realización de las Jornadas MARDETODOS 2018 la Dirección Técnica del proyecto tendrá encomendadas las siguientes actividades:

* Informe preliminar de la planificación de las jornadas MARDETODOS 2018, que incluya lugar de realización, objetivos, programa, asistentes, contenido, borrador de manifiesto, metodología y seguimiento.

* Redacción de un Acta de Consenso con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes sobre las Jornadas MARDETODOS 2018, que determine los criterios básicos para la realización de las Jornadas.

* Organización de las Jornadas MARDETODOS 2018.

* Manifiesto final de las Jornadas.

* Informe final de las Jornadas MARDETODOS 2018, que contendrá la evaluación de las jornadas, la relación de asistentes y las conclusiones obtenidas.

2.4.a.- Entregables:

2.4.a.1.- Informe M1 preliminar de la planificación de las jornadas MARDETODOS 2018, que incluya lugar de realización, objetivos, programa, asistentes, contenido, borrador de manifiesto, metodología y seguimiento.

2.4.a.2.- Acta M2 de consenso con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes sobre las Jornadas MARDETODOS 2018.

2.4.a.3.- Informe M3 final de las jornadas MARDETODOS 2018, que contendrá la evaluación de las jornadas, la relación de asistentes y las conclusiones obtenidas.

2.5. Campaña de consenso y sensibilización de sectores profesionales y sociales.

La Dirección Técnica del proyecto organizará encuentros informativos y de concienciación con los representantes de todos los sectores con interés en las ecoáreas, para facilitar su incorporación al proyecto.

En el proceso de realización de la Campaña de consenso y sensibilización de las ecoáreas la Dirección Técnica del proyecto preparará los informes intermedios de actividad de los equipos de facilitación y el informe final de campaña, así como un Informe de las jornadas de consenso y sensibilización, incluyendo número de jornadas, lugar, fechas, objetivos y resultados, que contendrá la descripción y relación de actividades desarrolladas además de las personas asistentes a los eventos.

2.5.a.- Entregables:

2.5.a.1.- Informe FD 1 intermedio de actividad de equipos de facilitación, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, mediante el aporte de material audiovisual.

2.5.a.2.- Informe FD 2 intermedio de actividad de equipos de facilitación, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, mediante el aporte de material audiovisual.

2.5.a.3.- Informe FD 3 intermedio de actividad de equipos de facilitación, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, mediante el aporte de material audiovisual.

2.5.a.4.- Informe FD 4 final de actividad de equipos de facilitación, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, mediante el aporte de material audiovisual.

2.5.a.5.- Informe JS 1 de jornadas de consenso y sensibilización, incluyendo número de jornadas, lugar, fechas, objetivos y resultados, que contendrá la descripción y relación de actividades desarrolladas además de las personas asistentes a los eventos.

2.6. Campaña de dinamización a las Instituciones.

La campaña consistirá en celebrar encuentros informativos y de concienciación con los representantes de todos los cabildos insulares e instituciones locales interesadas para ayudarles en el proceso de implementación de las ecoáreas con el fin de facilitar su incorporación al proyecto, y asistir a las instituciones implicadas en la creación, seguimiento y evaluación de las ecoáreas, con un equipo de dinamizadores especializados y específicamente formados para la implementación coordinada de las ecoáreas.

2.6.a.- Entregables:

2.6.a.1.- Informe ECO 1 de dinamización e implementación en 8 áreas piloto, que contendrá la evaluación de las experiencias de implementación en las primeras 4 áreas de prueba, el número de participantes, la relación de las acciones, cronograma de la realización y análisis y evaluación específica diferenciada de la participación institucional y de la participación privada.

2.6.a.2.- Manifiesto Inicial consensuado sobre la Red de Ecoáreas.

2.6.a.3.- Informe intermedio ECO 2 de creación, seguimiento y evaluación de cada una de las ecoáreas, que contendrá la situación de cada una de las áreas dinamizadas así como la evaluación y resultados obtenidos, con la extracción de los aprendizajes de buenas prácticas extrapolables a otras latitudes.

2.6.a.4.- Informe final ECO 3 de creación, seguimiento y evaluación de cada una de las ecoáreas, que contendrá la situación de cada una de las áreas dinamizadas así como la evaluación y resultados obtenidos, dificultades, expectativas y propuestas de implementación.

2.6.a.5.- Informe DIM 1 intermedio de actividad de equipos de dinamización, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe.

2.6.a.6.- Informe DIM 2 intermedio de actividad de equipos de dinamización, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe.

2.6.a.7.- Informe DIM 3 final de actividad de equipos de dinamización, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas.

2.7. Jornadas de formación y unificación metodológica.

La Dirección Técnica del proyecto realizará jornadas de formación y unificación de metodología con los equipos de facilitación y de dinamización, con el objetivo de unificar los criterios de evaluación, análisis, información e implementación de las ecoáreas y dotar del conocimiento y las herramientas necesarias a los dos equipos para el correcto desempeño de sus tareas.

2.7.a.- Entregable:

2.7.a.1.- Informe JS 2 FD+DIM Resumen ejecutivo de las Jornadas de formación y unificación metodológica con los equipos de facilitación y de dinamización, que contendrá el número de jornadas, lugar, fechas, objetivos y resultados, la descripción y relación de actividades desarrolladas, además de las personas asistentes a los eventos.

2.8. Jornadas MARDETODOS 2019.

Realización de jornadas finales de cierre del proyecto, multisectoriales, con representantes de las principales administraciones implicadas, instituciones de investigación, agentes económicos y sociales con la finalidad de consensuar los ejes principales sobre los que se apoyará la Red de Ecoáreas de Canarias.

En el proceso de realización de las Jornadas MARDETODOS 2019 la Dirección Técnica del proyecto tendrá encomendadas las siguientes actividades:

* Informe preliminar de la planificación de las jornadas MARDETODOS 2019, que incluya lugar de realización, objetivos, programa, asistentes, contenido, borrador de manifiesto, metodología y seguimiento.

* Redacción de un Acta de Consenso con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes sobre las Jornadas MARDETODOS 2019, que determine los criterios básicos para la realización de las Jornadas.

* Organización de las Jornadas MARDETODOS 2019.

* Manifiesto final de las Jornadas.

* Informe final de las Jornadas MARDETODOS 2019, que contendrá la evaluación de las jornadas, la relación de asistentes y las conclusiones obtenidas.

2.8.a.- Entregables:

2.8.a.1.- Informe M2 1 preliminar de la planificación de las jornadas MARDETODOS 2019, que incluya lugar de realización, objetivos, programa, asistentes, contenido, borrador de manifiesto, metodología y seguimiento.

2.8.a.2.- Acta M2 2 de consenso con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes sobre las Jornadas MARDETODOS 2019.

2.8.a.3.- Informe M2 3 final de las jornadas MARDETODOS 2019, que contendrá la evaluación de las jornadas, la relación de asistentes y las conclusiones obtenidas.

2.8.a.4.- Manifiesto final consensuado sobre la Red de Ecoáreas.

2.8.a.5.- Informe ejecutivo sobre la Red en las islas Canarias y su extrapolación a otras latitudes.

2.9. Audiovisuales.

El proyecto Ecoáreas incluye la realización de audiovisuales en diversos formatos para tener material grabado de las diferentes fases del proyecto y de sus principales hitos. Para ello, la Dirección Técnica del proyecto organizará un sistema de recogida, edición y montaje de imágenes y audio de las actividades del proyecto.

2.9.a.- Entregables:

2.9.a.1.- Informe propuesta AV 1 preliminar de la planificación audiovisual del proyecto Ecoáreas, que contendrá la estrategia, planteamiento, producción y realización del proyecto, así como número de vídeos y formatos.

2.9.a.2.- Vídeos sobre la actividad del Consejo Científico.

2.9.a.3.- Vídeos sobre la actividad del equipo de facilitación.

2.9.a.4.- Vídeos sobre la actividad del equipo de dinamización.

2.9.a.5.- Vídeos sobre las Jornadas MARDETODOS 2018.

2.9.a.6.- Vídeos de la Campaña de consenso y sensibilización de sectores profesionales y sociales.

2.9.a.7.- Vídeos de la Campaña de dinamización a las Instituciones.

2.9.a.8.- Vídeos de las Jornadas de formación y unificación metodológica.

2.9.a.9.- Vídeos sobre las Jornadas MARDETODOS 2019.

3. Además de los compromisos y actuaciones ya señalados, la ULL se compromete de forma coordinada a lo siguiente:

3.1. La firma del presente Convenio implica la declaración de que se tiene capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para cumplir las condiciones de la misma.

3.2. Ejecutar el proyecto objeto del convenio indicado en la cláusula primera y cumplir con sus objetivos, así como con los requisitos y condiciones que fundamentaron la firma del presente Convenio, y justificar dichos extremos.

3.3. Dar cumplimiento durante todo el tiempo de realización del gasto, de las disposiciones, políticas y acciones comunitarias, incluidas las correspondientes a las normas de competencia, contratación pública, protección y mejora del medio ambiente, eliminación de desigualdades y fomento de la igualdad entre hombres y mujeres, así como las de información y publicidad, según la normativa comunitaria.

3.4. Observar y cumplir las directrices, circulares e instrucciones que en relación con el proyecto Ecoáreas, dimanen de los órganos de gestión y control del Programa Operativo FEDER de Canarias 2014-2020.

3.5. Someterse a las actuaciones de comprobación y control que le corresponda realizar a la Dirección General de Planificación y Presupuesto, en calidad de Organismo Intermedio del PO FEDER Canarias 2014-2020, a la Intervención General, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

3.6. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto, puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control dentro del plazo de prescripción previsto en el Reglamento 1303/2013, artículo 140 relativo a la disponibilidad de los documentos, donde la autoridad de gestión velará porque todos los documentos justificativos relativos a los gastos apoyados por los Fondos sobre las operaciones cuyo gasto total sea inferior a 1.000.000 de euros, se pongan a disposición de la Comisión y del Tribunal de Cuentas Europeo, si así lo solicitan durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación.

3.7. Mantener un sistema de contabilidad separado para los gastos relacionados con las operaciones objeto de cofinanciación o con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichos gastos, o bien asignen un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con una operación.

3.8. Garantizar la durabilidad de las operaciones conforme a lo establecido en el Reglamento 1303/2013, artículo 71, en relación con una operación que comprenda inversiones en infraestructuras o inversiones productivas, deberá reembolsarse la contribución de los Fondos si en los cinco años siguientes al pago final al beneficiario se produce un cambio en la propiedad de un elemento de infraestructura que proporcione a una empresa o un organismo público una ventaja indebida o que proporcione al beneficiario un cambio sustancial que afecte a la naturaleza, los objetivos o las condiciones de ejecución de la operación de modo que se menoscaben sus objetivos originales.

3.9. Solicitar respecto a cualquier obra o actividad transformadora del medio natural, certificado de afección o no a los espacios naturales contemplados en la Red Natura 2000.

3.10. Garantizar que la pista de auditoría es adecuada, conforme a lo establecido en el artículo 125, punto 4, apartado d) del Reglamento (CE) nº 1303/2013.

3.11. Adoptar las medidas de información y publicidad previstas en la Guía de Información y Comunicación de las intervenciones cofinanciadas por los Programas Operativos FEDER y FSE de Canarias 2014-2020. En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo el conveniado deberá reconocer el apoyo de los Fondos mostrando el emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas previstas en la mencionada Guía, así como una referencia al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Durante la realización de una operación el conveniado informará al público del apoyo obtenido del FEDER, haciendo una breve descripción en su sitio de Internet de la operación y colocando un cartel con información sobre el proyecto conforme a lo previsto en la mencionada Guía. El conveniado se asegurará de que las partes que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación.

3.12. Proceder al reintegro de las cantidades reembolsadas por el Gobierno de Canarias como consecuencia de correcciones financieras realizadas por cualquier organismo de control con posterioridad a la declaración de gastos y solicitud de reembolso de la ayuda.

3.13. Se deberán incluir los indicadores de productividad que se prevé lograr con la ejecución de la operación y la obligación de informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad al momento de justificar los gastos para ser declarados en las solicitudes de reembolso.

3.14. La ULL, mediante el presente Convenio, quedan informadas de que su firma supone aceptar la inclusión de la operación y sus datos en la lista de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

3.15. La ULL se compromete a incluir todo lo relativo al proyecto Ecoáreas en su página web oficial, así como a establecer un procedimiento de intercambio electrónico de datos del proyecto entre las partes firmantes.

3.16. La ULL se compromete a coordinarse y atender las solicitudes que respecto del objeto de este Convenio, le puedan ser formuladas desde la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

Tercera.- Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento.

1. A partir de la firma del presente Convenio, se crea la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento del "Proyecto de creación de la Red de Microáreas Ecoturísticas Litorales en Canarias", en adelante Comisión Mixta, con el cometido de la puesta en marcha, control y seguimiento de las actividades previstas en el presente Convenio, así como la interpretación y resolución de las posibles controversias sobre el contenido e interpretación de sus cláusulas.

2. La composición de la Comisión Mixta, será la siguiente:

* La Directora General de Ordenación y Promoción Turística o persona en quien delegue.

* La Jefe de Servicio de Promoción Turística.

* 2 Técnicos del Servicio de Promoción Turística.

* El Coordinador Técnico del Consejo Científico.

* 2 representantes de la ULL.

La Comisión Mixta podrá estar asistida técnicamente, por los profesionales que estime oportuno, tanto la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes como la ULL.

3. Asumirá la presidencia de la Comisión Mixta la Directora General de Ordenación y Promoción Turística o persona en quien delegue, y la secretaría, uno de los representantes de la ULL.

4. Sin perjuicio del cometido atribuido a la Comisión Mixta en el apartado 1 precedente, esta garantizará la correcta ejecución y el seguimiento de los fondos FEDER, reuniéndose al menos dos veces durante la vigencia del Convenio.

5. Será de aplicación para lo no previsto expresamente en el presente Convenio, los artículos 15 a 18, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativos al funcionamiento de los órganos colegiados.

Cuarta.- Coste de las actuaciones y forma de pago.

El coste total de las acciones será de ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta (152.450,00) euros con la distribución por anualidades y pagos que siguen:

Año 2018: en el ejercicio presupuestario de 2018 se abonará un total de ciento treinta y siete mil doscientos cinco (137.205,00) euros, desglosado en tres pagos, que se realizarán de esta manera:

- Un primer pago de treinta y ocho mil ciento doce euros con cincuenta céntimos (38.112,50 euros), correspondiente a un 25% del importe total, a la firma del presente Convenio.

- Un segundo pago de sesenta mil novecientos ochenta (60.980,00) euros, correspondiente a un 40% del importe total, a la entrega de:

1. Informe CCC de consolidación y dinamización del Consejo Científico, que contendrá la relación e historial de los expertos en las áreas de turismo sostenible y economía, gestión marina, gestión pesquera, biodiversidad y conservación, sociología y ciencias sociales encargados de definir el protocolo de implementación de las ecoáreas así como el análisis actualizado del DAFO del proyecto, diferenciado por materias.

2. Informe CC 1 intermedio de actividad del Consejo Científico, que contendrá la relación de reuniones y actividades desarrolladas por el Consejo hasta la fecha de presentación del documento, se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 2.

3. Protocolo 1 de implementación de las ecoáreas, que contendrá el programa de formación del personal encargado de asistir a las administraciones locales en la implementación de las ecoáreas. El documento integrará los criterios, contenidos, y dinámicas necesarios para desarrollar los conocimientos imprescindibles para participar en la dinamización, seguimiento y evaluación de cualquier ecoárea.

4. Manual FD de formación para facilitadores, que contendrá el programa de formación del personal encargado de asistir a las administraciones locales en la implementación de las ecoáreas, separado por materias. El documento integrará los criterios, contenidos y dinámicas necesarios para desarrollar los conocimientos imprescindibles para participar en la dinamización, seguimiento y evaluación de cualquier ecoárea.

5. Informe FD 1 intermedio de actividad de equipos de facilitación, que contendrán la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, mediante el aporte de material audiovisual AV 3.

6. Informe I 1 de las reuniones de coordinación con las instituciones y, específicamente, con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

7. Informe AT 1 intermedio de seguimiento y control técnico del proyecto.

8. Indicadores IF1 de realización y resultados según normativa FEDER.

9. Informe propuesta AV1 preliminar de la planificación audiovisual del proyecto Ecoáreas, que contendrá la estrategia, planteamiento, producción y realización del proyecto, así como número de vídeos y formatos.

10. Informe CC 2 intermedio de actividad del Consejo Científico, que contendrá la relación de reuniones y actividades desarrolladas por el Consejo hasta la fecha de presentación del documento, con descripción de los avances obtenidos y la relación detallada de las dificultades, se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 4.

11. Protocolo 2 de implementación de las ecoáreas, que contendrá el procedimiento detallado de implementación de las ecoáreas para su creación, seguimiento y evaluación, haciendo una descripción específica de los criterios y las diferencias metodológicas entre la aplicación específica del lugar y la exportable.

12. Informe FD 2 intermedio de actividad de equipos de facilitación, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 5.

13. Informe AT 2 intermedio de seguimiento y control técnico del proyecto, que contendrá la relación de actividades realizadas por el equipo de asesoría técnica.

14. Informe JS 1 de jornadas de consenso y sensibilización, incluyendo número de jornadas, lugar, fechas, objetivos y destinatarios, que contendrá la descripción y relación de actividades desarrolladas además de las personas asistentes a los eventos.

15. Informes ECO 1 de dinamización e implementación en 8 áreas piloto, que contendrá la evaluación de las experiencias de implementación en las primeras áreas de prueba, el número de participantes, la relación de las acciones, cronograma de la realización y análisis y evaluación específica diferenciada de la participación institucional y de la participación privada.

16. Manual DIM de formación para dinamizadores, que contendrá el programa de formación del personal encargado de asistir a las administraciones locales en la implementación de las ecoáreas, separado por materias. El documento integrará los criterios, contenidos y dinámicas necesarios para desarrollar los conocimientos imprescindibles para participar en la dinamización, seguimiento y evaluación de cualquier ecoárea.

17. Informe DIM 1 intermedio de actividad de equipos de dinamización, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 6.

18. Informe JS 2 FD+DIM Resumen ejecutivo de las Jornadas de formación con los equipos de facilitación y de dinamización, incluyendo número de jornadas, lugar, fechas, objetivos y resultados, que contendrá la descripción y relación de actividades desarrolladas además de las personas asistentes a los eventos, se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 7.

19. Informe M1 preliminar de la planificación de las jornadas MARDETODOS 2018, que incluya lugar de realización, objetivos, programa, asistentes, contenido, borrador de manifiesto, metodología y seguimiento.

20. Acta M2 de consenso con la Consejería de Turismo sobre las Jornadas MARDETODOS 2018.

21. Informe final M3 de las jornadas MARDETODOS 2018, que contendrá la evaluación de las jornadas, la relación de asistentes y las conclusiones obtenidas. Se aportará material audiovisual completo de las Jornadas AV 8.

22. Manifiesto Inicial consensuado sobre la Red de Ecoáreas.

23. Informe I 2 de las reuniones de coordinación con las instituciones y, específicamente, con la Consejería de Turismo.

24. Indicadores IF2 de realización y resultados según normativa FEDER.

- Un tercer pago de treinta y ocho mil ciento doce euros con cincuenta céntimos (38.112,50 euros), correspondiente a un 25% del importe total, a la entrega de:

25. Protocolo 3 de implementación de las ecoáreas, que contendrá la revisión del procedimiento de implementación de las ecoáreas y los criterios para la creación, seguimiento y evolución incorporando las experiencias de las ecoáreas en desarrollo en el año 2017.

26. Informe CC 3 intermedio de actividad del Consejo Científico, que contendrá la relación de reuniones y actividades desarrolladas por el Consejo hasta la fecha de presentación del documento, con descripción de los avances obtenidos y la relación detallada de las dificultades. Se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 9.

27. Informe FD 3 intermedio de actividad de equipos de facilitación, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 10.

28. Informe AT 3 intermedio de seguimiento y control técnico del proyecto, que contendrá la relación de actividades realizadas por el equipo de asesoría técnica con los objetivos ya definidos respecto a las actividades de puesta en marcha de las 8 ecoáreas.

29. Informe ECO 2 intermedio de creación seguimiento y evaluación de cada una de las ecoáreas, que contendrá la situación de cada una de las áreas dinamizadas así como la evaluación y resultados obtenidos, con la extracción de los aprendizajes de buenas prácticas extrapolables a otras latitudes.

30. Informe JS 3 Seminario cierre 1 Informe intermedio de planificación del seminario de cierre del proyecto MAEL, que contendrá la evaluación de las jornadas así como la relación de asistentes y las conclusiones obtenidas, se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 11.

31. Informe DIM 2 intermedio de actividad de equipos de dinamización, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe, se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 13.

32. Informe I 3 de las reuniones de coordinación con las instituciones y, específicamente, con la Consejería de Turismo.

33. Indicadores IF3 de realización y resultados según normativa FEDER.

Año 2019: en el ejercicio presupuestario de 2019 se abonará un total de quince mil doscientos cuarenta y cinco (15.245,00) euros, correspondiente a un 10% del importe total, en un único pago que se realizará a la entrega de:

34. Protocolo 4 final de implementación de las ecoáreas, que contendrá la revisión del procedimiento de implementación de las ecoáreas y los criterios para la creación, seguimiento y evaluación, incorporando las experiencias de las ecoáreas en desarrollo en el año 2017.

35. Informe CC 4 final de actividad del Consejo Científico, que contendrá la relación de reuniones y actividades desarrolladas por el Consejo hasta la fecha de presentación del documento, con descripción de los avances obtenidos y la relación detallada de las dificultades. Se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 14.

36. Informe FD 4 final de actividad de equipos de facilitación, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe. Se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 15.

37. Informe AT 4 final de seguimiento y control técnico del proyecto, que contendrá la relación de actividades realizadas por el equipo de asesoría técnica con los objetivos ya definidos respecto a las actividades de puesta en marcha de las 8 ecoáreas.

38. Informe final ECO 3 de creación, seguimiento y evaluación de cada una de las ecoáreas, que contendrá la situación de cada una de las áreas dinamizadas así como la evaluación y resultados obtenidos, dificultades, expectativas y propuestas de implementación.

39. Informe DIM 3 final de actividad de equipos de dinamización, que contendrá la relación de acciones y tareas desarrolladas hasta la entrega del informe. Se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 16.

40. Informe M2 1 preliminar de la planificación de las jornadas MARDETODOS 2019, que incluya lugar de realización, objetivos, programa, asistentes, contenido, borrador de manifiesto, metodología y seguimiento.

41. Acta M2 2 de consenso con la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes sobre las Jornadas MARDETODOS 2019.

42. Informe M2 3 final de las jornadas MARDETODOS 2019, que contendrá la evaluación de las jornadas, la relación de asistentes y las conclusiones obtenidas. Se recogerá, también, mediante material audiovisual AV 12.

43. Manifiesto final consensuado sobre la Red de Ecoáreas.

44. Informe ejecutivo sobre la Red en las Islas Canarias y su extrapolación a otras latitudes.

45. Informe I 4 de las reuniones de coordinación con las instituciones y, específicamente, con la Consejería de Turismo.

46. Indicadores IF4 de realización y resultados según normativa FEDER.

47. Manifiesto Final consensuado sobre la Red de Ecoáreas.

48. Manual Práctico de puesta en funcionamiento de las ecoáreas en versión castellano e inglés.

Además, por la persona responsable de la entidad destinataria, se expedirá un informe justificativo por cada fase conteniendo pronunciamiento expreso sobre la realización de la actividad financiada, así como sobre el cumplimiento de las condiciones impuestas y del plazo de realización de la actividad.

Quinta.- Justificación de los gastos realizados.

Los gastos objeto de cofinanciación con cargo a este Convenio son los especificados en el Anexo I.

La ULL tendrá la obligación de justificar el presupuesto total elegible realizado en la ejecución del proyecto, aportando la siguiente documentación:

a) Declaración de los gastos acompañada de una relación nominal de facturas o documentos contables equivalentes, de acuerdo a los modelos recogidos en los Anexos II y II.1, respectivamente, de este Convenio que aporte información sobre número de factura, breve descripción de la factura, fecha de emisión de la factura, importe, identificación del proveedor, identificación de la anotación contable, fecha de contabilización, fecha de pago, IGIC soportado, en su caso. Los justificantes de gastos presentados no podrán ser utilizados para justificar otras ayudas o subvenciones para el mismo objeto compatibles con este Convenio. Salvo los costes indirectos que se acogen a lo previsto en el artículo 68 apartado 1.b) del Reglamento UE nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de Disposiciones Comunes en virtud del cual los costes indirectos subvencionables se han fijado en un 15% de los costes indirectos subvencionables para la ejecución del proyecto sin necesidad de presentar documentación justificativa de los mismos.

b) Memoria descriptiva de la ejecución de la operación cofinanciada, con indicación de las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos. Asimismo, habrán de reflejarse los datos relativos a los costes en que se haya incurrido, desglosados estos por tipo de gasto.

c) Información relativa a los contratos celebrados para la ejecución de la operación y cuyos gastos son certificados conforme al modelo establecido por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, que se recoge en el Anexo II.2 y ha de contener como mínimo los datos que a continuación se enumeran:

1) Número de contrato.

2) Normativa aplicable.

3) Tipo de contrato.

4) Objeto del contrato.

5) Procedimiento de contratación.

6) Forma de adjudicación.

7) Fecha de publicación en el Diario Oficial.

8) Presupuesto de licitación.

9) Importe adjudicado.

10) Adjudicatario.

11) Complementario.

12) Modificado.

Asimismo, se aportará copia del expediente administrativo o documentación de los trámites seguidos para la ejecución de la operación cofinanciada indicando expresamente dónde se encuentra localizada la documentación original.

d) Facturas o documentos de valor probatorio equivalente acreditativos del empleo de los fondos públicos recibidos.

e) Gastos de personal. Para la justificación de los gastos de personal, se aportarán, nóminas, documentos TC1/2 y de retenciones del IRPF del período correspondiente, así como una certificación del responsable de contabilidad de la entidad donde haga constar la cuantía correspondiente a Seguridad Social a cargo de la empresa y el salario bruto correspondientes al personal en cuestión.

f) Documentos acreditativos del pago de las facturas o de los documentos justificativos de los gastos. Los documentos justificativos del pago deben permitir en todo caso determinar a qué factura y proveedor corresponde el pago efectuado.

g) Así mismo, la ULL deberá acreditar el cumplimiento de las disposiciones de información y publicidad con arreglo a lo establecido en el Anexo XII, apartado 2.2 del Reglamento (CE) nº 1303/2013, de la Comisión conforme al detalle previsto en la cláusula segunda de este Convenio.

h) Cualquier otra información que le sea exigida por el órgano instructor para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa europea que le es de aplicación.

2. El IGIC y demás tributos solo serán gastos elegibles cuando la ULL los haya abonado y no sean susceptibles de recuperación o compensación, lo que deberá acreditarse fehacientemente.

Sexta.- Vigencia.

El presente Convenio tendrá un plazo de vigencia de dieciocho (18) meses desde el momento de su firma, teniendo por tanto carácter plurianual, pudiendo ser prorrogado por acuerdo unánime de las partes con al menos dos (2) meses de antelación a la fecha de su vencimiento, en los términos previstos en el artículo 49, letra h), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, todo ello por un período máximo no superior al inicialmente convenido, quedando sujeta dicha prórroga a la correspondiente disponibilidad presupuestaria.

Séptima.- Extinción.

1. El cumplimiento de las actuaciones que constituyen el objeto del Convenio, o su resolución, dará lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes en los términos previstos en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

2. Serán causas de su resolución las siguientes:

a.- El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b.- El acuerdo unánime de todos los firmantes, siempre que no concurra otra causa de resolución.

c.- El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, previa indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, todo ello mediante el procedimiento establecido en el artículo 51, letra c), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

d.- Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e.- La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del presente Convenio.

Octava.- Naturaleza y régimen jurídico aplicable.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido del ámbito material de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en su artículo 4.1.d), sin perjuicio de la eventual aplicación de los principios previstos en dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran surgir en su aplicación, de acuerdo con el artículo 4.2 de la citada norma, todo ello sin perjuicio del sometimiento a la normativa que resulte de aplicación en el Marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020.

Novena.- Jurisdicción.

Las cuestiones que puedan surgir de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio, y que no se puedan resolver en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, serán sometidas a la competencia de los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo radicados en Canarias (Sala de lo Contencioso-Administraitvo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias), de conformidad con el artículo 10.1, letra m), de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, se firma por duplicado y a un solo efecto, el presente Convenio en el lugar y fecha del encabezado.- El Consejero de Turismo, Cultura y Deportes, Isaac Castellano San Ginés.- El Rector de la Universidad de La Laguna, Antonio Martinón Cejas.

ANEXO I AL CONVENIO

Memoria Técnico-Económica de los Proyectos a Cofinanciar

1. Título del Proyecto.

CREACIÓN DE LA RED DE MICROÁREAS ECOTURÍSTICAS LITORALES EN CANARIAS (ECOÁREAS-MARDETODOS).

2. Descripción del Proyecto. Resumen.

El proyecto Microáreas Ecoturísticas Litorales, en adelante Ecoáreas consistirá en:

1. Constitución del equipo de coordinación científica, asesoramiento técnico y secretariado del proyecto.

2. Asesoramiento técnico de coordinación de criterios, equipo y metodología entre las instituciones implicadas.

3. Planificación, seguimiento y control de tareas, cronograma y equipos de trabajo.

4. Consolidación y dinamización del Consejo Científico con expertos de las áreas de turismo sostenible, economía, gestión marina, gestión pesquera, biodiversidad y conservación, sociología y ciencias sociales.

5. Organización de las reuniones y los encuentros necesarios para definir el protocolo de implementación de las ecoáreas.

6. Creación y dotación de formación específica a los equipos de facilitadores y de dinamizadores que asistirán a los diferentes actores interesados en el litoral y a las instituciones públicas que intervengan.

7. Realización de jornadas de formación y unificación de metodología con los equipos de facilitación y de dinamización.

8. Definición de los criterios y plan de formación de facilitadores y de dinamizadores.

9. Realización de jornadas de formación y unificación de metodología con los equipos de facilitación y de dinamización.

10. Creación del protocolo de implementación de las ecoáreas con los criterios de aval científico por expertos de varias instituciones, de fácil implementación para potenciar la participación social, coordinado con las administraciones competentes y extrapolable a otras latitudes.

11. Realización de jornadas multisectoriales con representantes de las principales administraciones implicadas, instituciones de investigación, agentes económicos y sociales con la finalidad de consensuar los ejes principales sobre los que se apoyará la Red de Ecoáreas de Canarias.

12. Asistencia a las instituciones implicadas en la creación, seguimiento y evaluación de las ecoáreas con un equipo de dinamizadores especializados y específicamente formados para el diseño y la implementación coordinada de las ecoáreas.

13. Seguimiento del proyecto y optimización de las metodologías en base a las experiencias prácticas en las distintas iniciativas de las ecoáreas desarrolladas.

14. Organización de jornadas informativas y de concienciación con representantes de empresas y asociaciones relacionadas con el proyecto.

15. Organización y realización de seminario de cierre con representantes de las principales administraciones implicadas, instituciones de investigación, agentes económicos y sociales.

16. Recoger en soportes audiovisuales de diversos formatos las diferentes fases del proyecto y de sus principales hitos.

17. Redacción y entrega de documentos de Protocolo para la puesta en marcha de las ecoáreas y su red en Canarias, contemplando que las líneas generales sean extrapolables a otras latitudes.

18. Identificación de las zonas susceptibles de ser valoradas en el proyecto.

1. Presupuesto del Proyecto.

152.450,00 euros (ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta euros), desglosado:

Ver anexo en la página 17951 del documento Descargar

2. Objetivos:

Desarrollo y promoción de las áreas naturales, en particular las de interés turístico, con la finalidad de contar con la realización de un proyecto de investigación y desarrollo metodológico para la creación de la Red de Ecoáreas en Canarias. Respecto al indicador denominado "Naturaleza y biodiversidad: Superficie de los hábitats que se benefician de ayuda para lograr un mejor estado de conservación", incluido en el PO de Canarias FEDER 2014-2020, se pretende alcanzar el valor de 3.642 (Hectáreas), que facilite la toma de decisiones estratégicas que deban aportarse para el adecuado desarrollo de este proyecto europeo desde la Administración Autonómica y que sea una herramienta fundamental para definir las directrices a seguir.

Ver anexo en las páginas 17952-17956 del documento Descargar

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