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BOC Nº 115. Viernes 15 de Junio de 2018 - 2831

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

2831 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos y Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.- Resolución conjunta de 6 de junio de 2018, por la que se convoca el seminario intercentros «Desarrollo de proyectos para la Educación de Personas Adultas en un entorno de trabajo colaborativo y de intercambio de experiencias» y se dictan instrucciones para su desarrollo en el curso escolar 2018-2019, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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BOC-A-2018-115-2831. Firma electrónica - Descargar

Siendo necesario actualizar las instrucciones de funcionamiento de los equipos intercentros de los centros de educación de personas adultas (CEPA) y centros de educación a distancia (CEAD) de Canarias, para el curso académico 2018-2019, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Consejería de Educación y Universidades concede una especial importancia a la formación del profesorado que desarrolla su trabajo en puestos docentes de carácter singular, reconocidos de este modo en la Orden de 2 de agosto de 2010, por la que se determinan los puestos de trabajo docentes de carácter singular y sus condiciones (BOC nº 157, de 11 de agosto de 2010).

El carácter singular de estos puestos docentes viene dado por la necesidad de dar respuesta y atención educativa a un perfil específico y diverso de alumnado y de facilitar su acceso a una oferta variada de enseñanzas.

Segundo.- El profesorado de los CEPA y CEAD debe realizar, cada curso académico, acciones coordinadas de formación, planificación, difusión y apoyo a las enseñanzas de Educación de Personas Adultas en los centros comprendidos en el ámbito de actuación de cada equipo intercentros.

Tercero.- Anualmente, la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos determina los centros coordinadores y establece las acciones que se han de realizar durante el curso académico.

Cuarto.- El Plan Canario de Formación del Profesorado incluye, como línea estratégica, «La formación profesional, la educación de personas adultas y las enseñanzas de régimen especial», en donde se encuentra enmarcada esta actividad, que tiene como finalidad la formación y perfeccionamiento del profesorado a través de seminarios de trabajo, así como fomentar la reflexión, el debate y el trabajo colaborativo entre el profesorado que imparte estas enseñanzas.

Quinto.- La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos ha tenido en cuenta las propuestas de trabajo realizadas por el profesorado de los CEPA y CEAD de Canarias a través del seminario intercentros «El trabajo colaborativo del profesorado de la red de centros de educación de personas adultas a partir del análisis de su práctica educativa y el intercambio de experiencias» realizado durante el curso académico 2017-2018.

A estos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC nº 122, de 16 de septiembre), establece, en su artículo 4, apartados 1 y 2, que los órganos departamentales, en el ámbito de atribuciones que les sea propio, podrán dictar instrucciones y directrices a los órganos y unidades que dependan funcionalmente de ellos. Las instrucciones son obligatorias para sus destinatarios en todos sus elementos.

Segundo.- La Orden de la Consejería de Educación y Universidades de 20 de junio de 2017, por la que se establecen las normas de organización y funcionamiento de los Centros de Educación de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 122, de 27 de junio), en el artículo 9.2 establece la participación obligatoria de todo el profesorado con destino en los CEPA y CEAD en el seminario intercentros.

Tercero.- La Orden de 2 de agosto de 2010, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se determinan los puestos de trabajo docentes de carácter singular, en su artículo 3, apartado 2, establece que una de las condiciones singulares de los puestos docentes en los CEPA y CEAD es el uso de entornos virtuales de aprendizaje y la obligación de asistir a los cursos de actualización que convoque la Administración educativa, así como la confección y actualización del material didáctico específico que necesita este tipo de alumnado.

Cuarto.- La Orden de 19 de noviembre de 2002, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (BOC nº 160, de 2 de diciembre de 2002), establece los módulos económicos para la compensación e indemnización de la participación en las actividades de perfeccionamiento, renovación e innovación pedagógica y elaboración de materiales didácticos dirigidos al profesorado no universitario.

Quinto.- La Resolución de 15 de mayo de 1998, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (BOC nº 70, de 8 de junio de 1998), establece los criterios para el reconocimiento o certificación de las actividades de formación del profesorado por parte de esa Dirección General.

Sexto.- La Circular de 30 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, dicta las instrucciones para la organización de las actividades formativas que se imparten total o parcialmente a distancia.

Por ello, y en el ejercicio de las competencias atribuidas a las Direcciones Generales de Formación Profesional y Educación de Adultos y de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa en los artículos 11 y 13, respectivamente, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades, aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19 de octubre), en su redacción actual,

R E S U E L V E N:

Primero.- Convocar el seminario intercentros «Desarrollo de proyectos para la Educación de Personas Adultas en un entorno de trabajo colaborativo y de intercambio de experiencias» para el curso académico 2018-2019, y dictar las instrucciones que regirán su desarrollo, en relación con la coordinación de los equipos intercentros de los CEPA y CEAD dependientes de la Consejería de Educación y Universidades, así como establecer las acciones prioritarias que se han de desarrollar, de acuerdo con lo recogido en el anexo y apéndices de esta resolución.

Ver anexo en la página 19784 del documento Descargar

Segundo.- Facultar a los equipos directivos de los centros para que arbitren el procedimiento más adecuado para que la presente resolución sea conocida y difundida entre el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar, haciéndoles llegar copia cuando así lo soliciten, y exponiendo permanentemente una en el tablón de anuncios y en la web del centro.

Tercero.- Facultar al Servicio de Perfeccionamiento del Profesorado, en coordinación con el Servicio de Educación de Personas Adultas, para realizar la concreción de los aspectos necesarios, dentro de los límites establecidos legalmente, y las modificaciones imprescindibles y necesarias para el correcto cumplimiento de los fines que persigue el seminario.

Cuarto.- Encomendar a la Inspección de Educación la supervisión y asesoramiento en aquellos aspectos que le soliciten los equipos directivos de los centros.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de junio de 2018.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, Manuel Jorge Pérez.- El Director General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, Jonathan Martín Fumero.

A N E X O

INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL SEMINARIO INTERCENTROS «DESARROLLO DE PROYECTOS PARA LA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS EN UN ENTORNO DE TRABAJO COLABORATIVO Y DE INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS» DURANTE EL CURSO 2018-2019.

SUMARIO:

1. Objetivos.

2. Organización.

2.1. Sesiones presenciales.

2.2. Sesiones no presenciales.

3. Grupos de trabajo.

4. Coordinación de centro y de zona.

4.1. Funciones de los coordinadores de centro.

4.2. Funciones de los coordinadores de los equipos intercentros de zona.

5. Calendario.

6. Certificación de la actividad.

7. Entorno virtual como herramienta para la coordinación.

Apéndices.

* Apéndice I: Calendario de coordinación.

* Apéndice II: Centros coordinadores.

1. Objetivos.

Los objetivos del seminario intercentros del curso académico 2018-2019 son los siguientes:

1. Facilitar un espacio de colaboración donde los centros puedan desarrollar sus proyectos y dar continuidad al trabajo iniciado en el seminario intercentros 2017-2018.

2. Generar redes de difusión y colaboración entre los centros dentro de las zonas de coordinación determinadas por el seminario intercentros, y extender esta coordinación entre las distintas zonas.

3. Potenciar espacios que permitan poner a disposición de todo el profesorado de la Educación de Personas Adultas canales estables y de acceso abierto para la difusión de los materiales y las buenas prácticas de los CEPA y CEAD.

4. Impulsar el trabajo colaborativo del profesorado de Educación de Personas Adultas y dar a conocer herramientas que lo potencien.

2. Organización.

El seminario intercentros pretende fomentar la reflexión, el debate y la formación del profesorado de CEPA y CEAD de Canarias, mediante sesiones presenciales y no presenciales que se organizarán de acuerdo con lo recogido en el Apéndice I de la presente resolución.

2.1. Sesiones presenciales.

Las sesiones presenciales del seminario intercentros del curso 2018-2019 se organizarán en torno a:

* Dos sesiones presenciales de carácter general, de apertura y de cierre del seminario, de todo el profesorado de CEPA y CEAD reunido por ámbitos provinciales.

La finalidad de la sesión presencial inicial es abordar los aspectos organizativos del seminario y sentar las bases del trabajo colaborativo que se va a desarrollar a lo largo del mismo para alcanzar sus objetivos.

En la sesión presencial final se presentará el resultado del trabajo realizado, las conclusiones y propuestas para la coordinación del curso 2019-2020.

* Cinco sesiones de trabajo colaborativo para la planificación y ejecución de los proyectos a realizar en cada equipo de coordinación de zona.

Estas sesiones, que tendrán una duración de cinco horas cada una, se organizarán en los equipos intercentros de zona tal como se recoge en el Apéndice II de esta resolución y con el calendario que se establece en el Apéndice I. Durante esta fase del seminario intercentros, cada centro recogerá, en los documentos que para ello se establezcan en el curso habilitado en la plataforma virtual, el trabajo desarrollado en cada sesión.

2.2. Sesiones no presenciales.

En la fase no presencial se desarrollará el trabajo personal y/o colaborativo a partir de los documentos, recursos y actividades que se irán disponiendo en el curso habilitado para ello.

Estas actividades deberán estar finalizadas el 21 de abril del 2019.

Los documentos resultantes de esta fase serán las tareas planteadas como obligatorias en el curso.

3. Grupos de trabajo.

El profesorado se distribuirá en cada equipo intercentros por zonas según lo reflejado en el Apéndice II de esta resolución.

El profesorado de los centros de las islas no capitalinas se reunirá con el resto de los componentes del grupo asignado en su CEP correspondiente a través de videoconferencia. No obstante, si hubiera circunstancias organizativas que lo justificaran, podrán utilizarse otros espacios y medios alternativos siempre que garanticen la coordinación, y que deberán ser solicitados por los coordinadores y aprobados por el Servicio de Educación de Personas Adultas con la debida antelación.

4. Coordinación de centro y de zona.

Para facilitar la organización y coordinación del trabajo, cada centro determinará un profesor coordinador que deberá ser notificado por la dirección del centro al Servicio de Educación de Personas Adultas con fecha límite el 21 de septiembre del 2018. Los equipos directivos velarán porque el perfil del docente que se responsabilice de la coordinación sea el más adecuado a las funciones que se le requieren, y apoyarán su trabajo a lo largo de la acción formativa.

El profesorado que desempeñe la función de coordinación de centro en los nueve centros coordinadores, según se establece en el Apéndice II de esta resolución, será también coordinador del equipo intercentros de su zona.

Se realizarán dos reuniones presenciales de coordinación general con todos los coordinadores según el calendario que se establece en el Apéndice I de esta resolución.

3.1. Funciones de los coordinadores o coordinadoras de centro.

Los coordinadores o coordinadoras de centro se responsabilizarán de las siguientes tareas:

* Coordinar el trabajo del profesorado de su centro.

* Colaborar con el coordinador de su equipo intercentros de zona.

* Asistir a las sesiones presenciales de coordinación que se han programado para organizar y apoyar el trabajo de organización y dinamización del proceso según el calendario que se recoge en el Apéndice I de esta resolución.

* Llevar los registros de firmas de asistencia del profesorado de su centro a las sesiones presenciales (PERF 05) y recoger la asistencia en las mismas, especificándose la fecha y hora de las reuniones. Dichos registros de firmas (PERF 05) se subirán a la plataforma escaneados y debidamente cumplimentados.

* Colaborar en la elaboración de la memoria final del seminario de coordinación intercentros, según modelo que se facilitará en la plataforma virtual del curso y participar, junto con el coordinador de zona de su equipo intercentros, en la exposición de la jornada de clausura del seminario intercentros.

3.2. Funciones de los coordinadores o coordinadoras de los equipos intercentros de zona.

Los coordinadores o coordinadoras de los equipos intercentros de zona deberán responsabilizarse, además de las tareas correspondientes a la coordinación de su centro que se recogen el apartado anterior, de las siguientes:

* Coordinar el trabajo del profesorado y de los coordinadores de su equipo intercentros de zona.

* Asistir a la sesiones presenciales de coordinación que se han programado para organizar y apoyar el trabajo de organización y dinamización del proceso, según el calendario que se recoge en el Apéndice I de esta resolución.

* Organizar y dinamizar las sesiones presenciales de carácter general del seminario intercentros, en coordinación con el Servicio de Educación de Personas Adultas.

* Recoger las conclusiones del trabajo realizado y publicarlas, según el procedimiento que se establezca, en el espacio habilitado para ello en la plataforma del seminario intercentros.

* Subir a la plataforma virtual el acta escaneada, según modelo que se facilitará en la plataforma virtual del curso, de las sesiones presenciales de su equipo intercentros de zona. En las actas debe constar la fecha y hora de cada reunión, deben estar firmadas por el coordinador del equipo de zona, y acompañarse de los documentos que se determinen para la realización de las tareas planteadas.

* Elaborar la memoria final del seminario correspondiente a su equipo de coordinación intercentros con la colaboración de los coordinadores de centro.

* Colaborar con el Servicio de Educación de Personas Adultas en la organización, dinamización y difusión de las actividades programadas del seminario intercentros.

5. Calendario.

El calendario de las actividades previstas y las fechas de coordinación para el curso académico 2018-2019, se recogen en el Apéndice I de esta resolución.

Los equipos directivos deberán tener en cuenta el calendario de actividades del seminario intercentros en su Programación General Anual (PGA).

6. Certificación de la actividad.

6.1. Las horas que se certificarán en el seminario intercentros son las que se detallan a continuación:

Ver anexo en la página 19788 del documento Descargar

6.2. El seminario se considerará superado con aprovechamiento cuando los participantes hayan asistido a todas las sesiones presenciales, incluidas las videoconferencias para el profesorado que proceda, y participado en las actividades no presenciales propuestas como obligatorias que se encuentren alojadas en la plataforma virtual del seminario.

6.3. Los coordinadores de cada centro que obtengan la certificación en función de lo estipulado por el punto 6.2 y hayan realizado las funciones establecidas para el coordinador o coordinadora de centro tendrán un reconocimiento de 15 horas, que se certificarán de forma específica figurando como tales en el porfolio de formación y diferenciadas de las que les correspondan por su participación.

6.4. Los coordinadores de aquellos centros que figuren como centros coordinadores en el Apéndice II de esta resolución, que ejercerán también de coordinadores de zona, que obtengan la certificación en función de lo estipulado por el punto 6.2 y hayan realizado las funciones establecidas para el coordinador de zona, tendrán un reconocimiento de 20 horas, que se certificarán de forma específica figurando como tales en el porfolio de formación y diferenciadas de las que les correspondan por su participación.

Ver anexo en la página 19789 del documento Descargar

6.5. Criterios para la certificación.

La certificación del seminario intercentros se regirá por los criterios establecidos por la DGOIPE.

El profesorado participante deberá asistir, como mínimo, al 85% del tiempo de duración total de las sesiones presenciales.

En la fase no presencial, el profesorado deberá entrar en la plataforma del curso, presentarse en el foro habilitado para ello y realizar con evaluación positiva, en función de los criterios de calificación establecidos para ello, las actividades determinadas como obligatorias.

7. Entorno virtual como herramienta para la coordinación.

El profesorado dispondrá de un espacio virtual de aprendizaje y formación que estará alojado en la plataforma de formación del profesorado.

El aula virtual del seminario estará organizada de la siguiente forma:

* Zona pedagógica:

En esta zona se habilitará el espacio en el que se desarrollarán las fases presencial y no presencial del curso, en la que el profesorado dispondrá de los recursos y actividades que se habiliten para la consecución de los objetivos.

* Zona administrativa:

En esta zona, los coordinadores dispondrán de las hojas de firmas (PERF 05) para registrar la asistencia a cada una de las sesiones presenciales, las tareas a realizar en las distintas sesiones presenciales y el modelo de memoria final. En ella, además, se subirá y dejará constancia de toda la documentación requerida.

* Zona para la evaluación:

En esta zona estará disponible, al finalizar el seminario intercentros, un cuestionario final de valoración de la actividad.

Ver anexo en las páginas 19791-19793 del documento Descargar

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