BOC - 1998/028. Miércoles 4 de Marzo de 1998 - 269

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

269 - ORDEN de 23 de febrero de 1998, por la que se aprueba la bandera del municipio de San Miguel de Abona (Tenerife).

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación para la aprobación de la bandera de San Miguel de Abona (Tenerife).

Vista la propuesta formulada por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el día 27 de enero de 1998.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- El Ayuntamiento de San Miguel de Abona, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el pasado día 29 de abril de 1997, acordó aprobar inicialmente el expediente para la dotación al municipio de la bandera de San Miguel, así como someterla a información pública por plazo de quince días hábiles desde la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Segundo.- En el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, de 26 de mayo de 1997, se insertó anuncio relativo al período de información pública, sin presentarse alegaciones ni sugerencias al respecto, según se acredita mediante certificación emitida por el Secretario de la Corporación.

Tercero.- Mediante acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 1998, se acordó aprobar el nuevo diseño de la bandera municipal, de conformidad con las sugerencias aportadas por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como instar de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales la aprobación de la misma. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El presente expediente se ha tramitado de conformidad con las prescripciones del Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad Autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del archipiélago, con las modificaciones efectuadas por el Decreto 157/1992, de 8 de octubre, por el que se modifican determinados aspectos del Decreto 123/1990, de 29 de junio, así como por el Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales.

Segunda.- En virtud de la competencia que tengo atribuida por el artículo 7.2.i) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, citado, y de conformidad con el diseño obrante en el expediente,

R E S U E L V O:

Aprobar la bandera del municipio de San Miguel de Abona (isla de Tenerife) cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción:

“Paño rectangular, de seda, tafetán, raso, lanilla o fibra sintética, según los casos, cuya longitud es vez y media mayor que su ancho; compuesto de dos franjas verticales, siendo la de color azul, la unida al asta, del tamaño de un tercio del paño; la de color amarillo a batiente, de los dos tercios restantes del paño.”

“Si la bandera ostentara escudo, éste deberá colocarse en el centro de la franja de color amarillo, preferentemente en ambas caras.”

Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente, previa la comunicación a esta Consejería exigida por el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de febrero de 1998.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

Ver anexos - página 1977



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