BOC - 1998/148. Miércoles 25 de Noviembre de 1998 - 3920

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

3920 - Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 2 de octubre de 1998, relativo a notificación de Resolución recaída en el expediente de reintegro de ayuda seguido contra Dña. Carmen Vega Santana.

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Siendo ignorado el domicilio de Dña. Carmen Vega Santana, a efectos de notificación de la Resolución de este Centro Directivo recaída en el expediente de reintegro de ayuda seguido contra la misma, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación.

RESOLUCIÓN DE REINTEGRO DE AYUDA

Visto el expediente de reintegro de ayuda iniciado por la Dirección General de Servicios Sociales del Gobierno de Canarias a Dña. Carmen Vega Santana, con D.N.I. nº 42.631.902 y domicilio en calle Jaime Torrent Ballester, 10, 1º derecha, 35015-Las Palmas de Gran Canaria.

RESULTANDO Primero.- Que por Resolución de la Dirección General de Servicios Sociales de 24 de marzo de 1993 se concedió a Dña. Carmen Vega Santana una ayuda por importe de 200.000 pesetas, tramitada de acuerdo con las normas de la Orden de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de 21 de enero de 1993, que tenía por objeto, contenido y finalidad, servicios personales en domicilio.

Segundo.- Que por no haber procedido el beneficiario a la preceptiva justificación de la finalidad dada a la ayuda otorgada, por parte del órgano concedente se procedió a iniciar expediente de reintegro por medio de Acuerdo notificado a la misma por medio del Boletín Oficial de Canarias de fecha 18 de septiembre de 1998 (B.O.C. nº 119), con la indicación de que en el plazo de diez días podía comparecer en el expediente, tomar audiencia y vista, proponer prueba y alegar cuanto tuviera por conveniente en defensa de los derechos que pudieran corresponderle.

Tercero.- Que por el beneficiario no se ha procedido a formular alegaciones dentro del plazo concedido, pese a la notificación de inicio del expediente de reintegro.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- Es competente el Director General de Servicios Sociales para resolver este expediente de reintegro, a tenor de lo establecido en la Orden de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales de 26 de junio de 1997, por la que se delega en los órganos unipersonales de carácter superior de la misma la competencia para prestar conformidad a la justificación de subvenciones y disponer el reintegro.

II.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento de reintegro han sido observadas las disposiciones del Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

III.- Procede acordar el reintegro de la ayuda concedida por no haberse justificado la finalidad dada a la misma.

Vistos los antecedentes mencionados, el Decreto 6/1995, de 27 de enero, la Disposición Transitoria Primera del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y demás normativa de común y general aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar el reintegro de la ayuda concedida a Dña. Carmen Vega Santana por Resolución de 24 de marzo de 1993, de la Dirección General de Servicios Sociales, por importe de doscientas mil (200.000) pesetas, sin perjuicio de la liquidación de intereses que le fuere practicada.

Segundo.- La cantidad a reintegrar tendrá la consideración de Derecho Público y su cobranza se llevará a efecto por los servicios competentes en materia del tesoro. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de la notificación. Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de octubre de 1998.- El Director General de Servicios Sociales, Marcial Morales Martín.



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