BOC - 2006/127. Lunes 3 de Julio de 2006 - 947

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

947 - Viceconsejería de Educación.- Resolución de 16 de junio de 2006, por la que se resuelve la selección de proyectos educativos de mejora de centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes convocada por Orden de 17 de marzo de 2006.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 17 de marzo de 2006, se convoca la selección de proyectos educativos de mejora de centros docentes públicos no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 68, de 6.4.06).

Segundo.- Las bases genéricas octava y novena de la citada Orden de convocatoria, establecen que, una vez valorados y seleccionados los proyectos presentados, en sus diversas modalidades, por la Comisión de Selección, esta Viceconsejería de Educación resolverá la convocatoria, en el plazo de 30 días, a partir de la propuesta de selección, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Con fecha 14 de junio de 2006 la Comisión de Selección, constituida al efecto, eleva propuesta de selección y asignación económica, de proyectos por cada modalidad.

De acuerdo con los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Orden de 17 de marzo de 2006, por la que se convoca la selección de proyectos educativos de mejora de centros docentes públicos no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 68, de 6.4.06).

Segundo.- El Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 162, de 17.12.97).

De acuerdo con todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 7.f) del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 161, de 9.12.91), en su redacción actual, y en ejercicio de la delegación establecida en la base genérica decimotercera de la Orden de 17 de marzo de 2006,

R E S U E L V O:

Primero.- Seleccionar los proyectos que se relacionan en el anexo I a la presente Resolución y asignar la dotación económica, que igualmente se señala, en las siguientes modalidades convocadas:

Modalidad A.- Proyectos para el desarrollo de Actividades Complementarias.

Modalidad B.- Proyectos para el desarrollo de Actividades Extraescolares.

Modalidad C.- Proyectos de Mejora a la dotación integral de los centros.

Modalidad D.- Proyectos de Formación en Centros Docentes.

Modalidad E.- Proyectos de Innovación e Investigación Educativa.

Segundo.- Excluir las solicitudes de los centros que se relacionan en el anexo II, por las causas que figuran en el mismo.

Tercero.- Ordenar el libramiento de los importes asignados a los centros adjudicatarios para el desarrollo de los proyectos seleccionados, los cuales se harán efectivos por cada centro directivo, gestor de los créditos asignados a cada modalidad, de conformidad con el artículo único de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 26 de noviembre de 2004, por la que se regula la remisión de fondos a los centros con autonomía de gestión económica (B.O.C. nº 240, de 13.12.04).

Cuarto.- La justificación por el centro educativo, de la correcta aplicación de los fondos transferidos para la finalidad concedida, se llevará a cabo conforme establece el artículo 20 de la Ley 9/1995, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el año 1996 (B.O.C. nº 166, de 30.12.95), y el Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, debiendo el centro docente a la finalización del curso escolar 2006/2007, remitir a cada Dirección General la certificación acreditativa, según modelo que se dispone en el apartado cuarto de la base genérica décima, de la citada Orden de 17 de marzo de 2006, conforme al modelo que se acompaña como anexo III.

Quinto.- Igualmente, antes de la finalización del curso escolar 2006/2007, los centros docentes remitirán la memoria final que se establece en el apartado primero de la base genérica undécima, de la Orden de convocatoria, en la que se harán constar las actividades realizadas, el número de participantes, logros y objetivos alcanzados. En dicha memoria la dirección del centro certificará la relación del profesorado que haya coordinado, participado o colaborado en las actividades, tal y como se establece igualmente en las bases específicas de cada modalidad.

Sexto.- Ordenar la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

La presente resolución, al ser dictada en virtud de competencias delegadas, pone fin a la vía administrativa. Contra la misma, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, desde el día siguiente al de su publicación, o bien, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. En caso de interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de junio de 2006.- El Viceconsejero de Educación, Fernando Hernández Guarch.

Ver anexos - páginas 13164-13206



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