BOC - 2006/130. Jueves 6 de Julio de 2006 - 966

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

966 - DECRETO 88/2006, de 27 de junio, por el que se declara la delimitación del entorno de protección y los Bienes Muebles Vinculados a favor del Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, "Ermita Nuestra Señora de Regla", situada en el término municipal de Pájara, isla de Fuerteventura.

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Visto el expediente instruido por el Cabildo Insular de Fuerteventura para la delimitación del entorno de protección y vinculación de los Bienes Muebles a favor del Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, "Ermita Nuestra Señora de Regla", situada en el término municipal de Pájara, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I. Mediante Resolución de la Consejera Delegada del Cabildo Insular de Fuerteventura, de 15 de diciembre de 2004, se incoa expediente para la delimitación del entorno de protección y la vinculación de bienes muebles a favor de "Ermita Nuestra Señora de Regla" declarada Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, mediante Decreto 30/1986, de 7 de febrero, del Gobierno de Canarias, situada en el término municipal de Pájara, sometiendo el mismo a información pública, por el plazo legalmente establecido.

II. Habiendo sido notificado el trámite de audiencia a los interesados, no consta la presentación de alegaciones por interesados en el mismo.

III. Recabado el dictamen de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, la Universidad de La Laguna y del Instituto de Estudios Canarios, consta el informe favorable emitido por este último organismo.

IV. Por Resolución de la Consejera Delegada de Patrimonio Histórico del Cabildo Insular de Fuerteventura, de 31 de marzo de 2006, se resuelve elevar este expediente al Gobierno de Canarias para su declaración, y en sesión celebrada el 24 de mayo de 2006, el Consejo Canario de Patrimonio Histórico emite informe favorable para la delimitación y vinculación de los Bienes Muebles del Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, "Ermita Nuestra Señora de Regla" situada en el término municipal de Pájara, isla de Fuerteventura.

V. Consta el informe favorable emitido por la Comisión Mixta Comunidad Autónoma de Canarias-Iglesia Católica de fecha 15 de febrero de 2005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

II. El artículo 18.2.a) de la citada Ley 4/1999, de 15 de marzo, define los Bienes Muebles Vinculados como el conjunto de bienes declarados de interés cultural por su vinculación a un inmueble declarado.

III. El artículo 25 de la mencionada Ley 4/1999, de 15 de marzo, establece que previa instrucción del correspondiente expediente por el mismo procedimiento que para el caso de la declaración, y mediante Decreto, puede modificarse la delimitación de Bien de Interés Cultural o la de su entorno.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, visto el informe del Consejo de Patrimonio Histórico de Canarias, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión del día 27 de junio de 2006,

D I S P O N G O:

Delimitar el entorno de protección y la Vinculación de los Bienes Muebles de la "Ermita Nuestra Señora de Regla", Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, situada en el término municipal de Pájara, isla de Fuerteventura, según la descripción y ubicación en plano que se contienen en los anexos I y II de este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de junio de 2006.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

A N E X O I

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN.

Edificio de dos naves con cubiertas de teja a dos aguas, siendo más reciente la de la epístola. La capilla mayor de la virgen de Regla tiene un tirante que presenta una fecha grabada, 1687, destacando junto a la portada principal de la nave que se supone por tanto anterior a la fecha indicada.

El obispo Dávila hace referencia en sus "Sinodales" de 1735 que "se estaba haciendo una nave más en dicha iglesia, por no ser la que tenía capaz de su feligresía, que se ha aumentado".

Cada Nave tiene una sacristía adosada al muro del testero. Las dos naves están separadas con columnas de tambores de cantería sobre las que se apoyan arcos de medio punto. Las cubiertas de madera de influencia mudéjar descansan sobre solera con decoración de cordón y tirantes pareados decorados con motivos geométricos.

A los pies del templo, se alza el coro sobre columnas de madera, que recorre el ancho de ambas.

Posee amplios y elevados presbiterios que se separan de sus naves mediante arcos ojivales de diferentes dimensiones, recorridos por un baquetón desde el vértice de la clave hasta el capitel y columnillas cilíndricas que parten de una pilastra hexagonal.

En el campanario de la Iglesia apreciamos un arco rebajado que sirve de ingreso a los restos de una bóveda de crucería, de la que sólo se conservan algunos pequeños nervios y cinco enjarjes distintos.

Presenta una bella portada, la nave más antigua, la del evangelio. Está fabricada en cantería cobriza, siguiendo un esquema clásico. El vano de la puerta está enmarcado por un arco de medio punto. A ambos lados se sitúan sendos plintos, sobre los que descansan pares de pilastras cajeadas, con capiteles decorados con motivos vegetales.

Sobre ellos se dispone el entablamento, en el que se localiza un Frontón Roto. Toda la portada presenta gran profusión de elementos decorativos: figuras geométricas, serpientes, soles, luna, cabezas humanas con penachos, aves, leones, etc. Mientras algunos especialistas consideran la fachada de influencia azteca, otros piensan que está vinculada a la "Nova Iconografía de Cesare Ripa".

La cercanía a Betancuria de tierras cultivables determinó la creación de otros núcleos de población, como Pájara. En 1681 los vecinos del lugar solicitan al Cabildo la ampliación de las Vegas que delimitaban las tierras de cultivo "por haber aumentado la vecindad y no haber tierras bastantes para sementeras"; y en la misma fecha ya se había finalizado la construcción de la primera nave de la Iglesia de Nuestra Señora de Regla.

En el siglo XVIII se producen varios acontecimientos que provocan la descentralización del predominio social y político y religioso de Betancuria; así en 1708 se crearon las parroquias sufragáneas de Nuestra Señora de Regla en Pájara y Nuestra Señora de Candelaria en La Oliva, aunque hasta 1711 no fueron consagrados los templos como ayudas de parroquias, que llevó en el caso de Pájara aparejado la ampliación del templo, justificado por las necesidades demográficas de un valle en expansión agrícola y donde sin lugar a dudas, desde el siglo XVII, constituiría la primera ermita, eje dinamizador del disperso y dilatado desarrollo urbano, hasta que ya entrado en avanzado siglo XX, la presión poblacional y el nuevo modelo político distorsionan el protagonismo que durante siglos mantuvo la iglesia en la trama urbana de una pequeña capital de municipio, sobre todo con la construcción de varios edificios municipales en la década de 1970, que por su proximidad y altura interfieren en la contemplación de las características que aconsejaron que la referida ermita, fuera declarada Monumento Histórico-Artístico de interés para la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante Decreto 30/1986, de 7 de febrero. Boletín Oficial de Canarias nº 28, de 7 de marzo de 1986.

La delimitación para el entorno de protección de la iglesia de Nuestra Señora de Regla, tiene una superficie aproximada de 12.298 m2. El trazado exacto de la delimitación esta definido por las coordenadas U.T.M. siguientes:

Ver anexos - página 13570

a descripción literal de esta delimitación es la siguiente: el espacio delimitado se inicia en el mapa con el nº 1, punto coordenadas X 587.439,780 e Y 3.136.427,970, resultado de la intersección de las líneas imaginarias paralelas y continuas que conforman la prolongación de la última pared del Centro Cultural que se sitúa al Norte del Bien de Interés Cultural hacia poniente, en la prolongación de la línea recta que paralela y continua proyecta la pared trasera del Ayuntamiento hacia el Norte. Desde el referido punto nº 1, resultado de las coordenadas mencionadas y descripción anterior se prolonga la línea de delimitación hacia el Este 112 metros con 27 centímetros. Concluyendo en el señalado plano adjunto punto nº 2, confluencia de las coordenadas X 587.561,040 e Y 3.136.443,670 y que se separa del vértice Noreste de la sacristía de la Iglesia 62 metros con 59 cm. Desde el punto de coordenadas nº 2 se prolonga una línea imaginaria paralela al muro trasero de la Iglesia que remata la Sacristía, hacia el Sur, de 83 metros y 55 cm, y separado de la Iglesia 45 metros, hasta el punto de coordenada nº 3 X 587.567,700 e Y 3.136.360,380, resultado de su intersección con la prolongación de la línea recta que las edificaciones conforman hacia la calle Las Tuneras y que mide desde el referido punto coordenadas nº 3, 97 metros con 94 cm, hasta el punto nº 4 de coordenadas X 587.472,930 e Y 3.136.335,660 y desde éste y en su prolongación hacia el Oeste a través de la línea recta que conforman las fachadas de las edificaciones al lado Sur de la calle Real con un recorrido de 61 metros con 73 cm, con el punto nº 5, punto de coordenadas X 587.414,030 e Y 3.136.354,110, cerrando el límite de delimitación, en su unión con el punto 1 de coordenadas ya señalado, proyectando una línea recta imaginaria paralela y coincidente con la trasera del Ayuntamiento de Pájara de 78 metros con 22 cm.

Los edificios y espacios que se encuentran dentro del ámbito de la delimitación son: Centro Cultural, Ayuntamiento de Pájara, Casa Parroquial y colindantes, grupo de casas de una planta dispuesta al Sur de la ermita, que conforman, el más importante ejemplo de la trama urbana tradicional, y parte de un antiguo almacén industrial, así como la carretera y zonas ajardinadas que rodean el Bien de Interés Cultural.

Con esta delimitación la iglesia de Nuestra Señora de Regla, declarada monumento, cuenta con un entorno de protección que permite salvaguardar y preservar para el futuro los valores que han determinado su consideración de monumento, tanto en lo relativo a la propia edificación como en lo concerniente a su entorno inmediato, permitiendo crear un ámbito de protección que garantice la preservación del monumento y evitar nuevas edificaciones que por su volumetría, masa y características interfieran en la contemplación del templo, y causen impacto negativo en el entorno próximo al monumento.

BIENES MUEBLES VINCULADOS.

En la Iglesia de Nuestra Señora de Regla se encuentran una serie de bienes que forman parte de la historia del monumento y están estrechamente vinculados a la misma, puesto que proceden de las donaciones que la devoción popular ha realizado al templo desde su fundación a lo largo de la historia.

Los bienes muebles vinculados al Monumento son:

1. Retablo con pintura al óleo sobre lienzo, representando a las ánimas del purgatorio de 650 x 308 x 70 cm. Situado en la nave de la epístola. Siglo XVIII, no se conoce su autor.

2. Escultura de bulto redondo perteneciente a un retablo, cabeza y torso que representa a un Ecce Homo, tallado en madera y policromado, de 20 x 21 x 9 cm, situado en la nave de la epístola, se desconoce su autor.

3. Pila de agua bendita, labrada en cantera y policromada aunque está en mal estado, y ha perdido el color, de 127 x 90 cm, situada en la nave de la epístola, se desconoce su autor.

4. Retablo con pintura y escultura de bulto redondo, perteneciente a la Virgen Dolorosa con pintura y escultura de bulto redondo, situado en la nave de la epístola, ensamblado, tallado en madera con policromía y dorado en pan de oro, mide 600 x 600 x 85 cm, se desconoce el autor, pero muestra una inscripción "Los vecinos de Toto y Bargada dieron este retablo de madera y dorado todo su costo por devoción. Año 1785".

5. Escultura de candelero perteneciente al retablo de la nave de la epístola, representa a la virgen dolorosa, tallada en madera policromada y con pelo natural, mide 80 aproximado x 50 x 64 cm, anónimo del siglo XVIII.

6. Cuadro con pintura situado en el retablo de la Verónica. Realizado al óleo sobre lienzo, mide 100 x 75 cm, puede ser anterior a 1785, dado la inscripción del retablo.

7. Cuadro con pintura perteneciente al retablo de la nave de la epístola, representa a San Juan Evangelista. Realizado al óleo sobre lienzo mide 100 x 75 cm, anónimo. Siglo XVIII.

8. Cuadro que remata el retablo de la nave de la epístola, pintado al óleo sobre lienzo, representa a María Magdalena, mide 100 x 75 cm, es anónimo y al igual que el resto del retablo puede ser anterior a 1785.

9. Retablo con pintura y escultura de bulto redondo, perteneciente a la Virgen de Regla. Situado en el presbiterio de la nave del evangelio, tallado y enmarcado en madera policromada, mide 600 x 620 x 56 cm. Retablo Mayor anónimo del siglo XVIII.

10. Sagrario con escultura en relieve y pintura, representando al Divino Pastor, se sitúa en el retablo Mayor, aunque parece anterior, tallado y enmarcado en madera policromada mide 600 x 620 x 56 cm.

11. Escultura de candelero, perteneciente al Retablo Mayor, representa a la Virgen de Regla, tallada en madera y policromada, mide 142 x 34 x 30 cm, es anónimo del siglo XVII, presenta coronas de plata de la Virgen del Niño, además de una media luna de plata.

12. Escultura de bulto redondo, situada en una hornacina del Retablo de Nuestra Señora de Regla, representa a Jesús Salvador o Varón de Dolores. Talla en madera policromada de 60 x 25 x 15 cm aproximadamente.

13. Escultura de bulto redondo, representa a San Antonio de Padua, situado en la hornacina izquierda del retablo de la nave del evangelio. Talla en madera policromada y pan de oro, mide 92 x 40 cm, anónima del siglo XVII.

14. Cuadro al óleo sobre lienzo perteneciente al Retablo, y remata el Retablo de Nuestra Señora de Regla, representa a Dios Padre y mide 50 x 30 cm aproximadamente. Anónimo de la segunda mitad del siglo XVIII.

15. Escultura de bulto redondo, representa a Cristo Crucificado y remata el retablo de Nuestra Señora de Regla, tallado en madera y policromado, mide 50 x 30 x 10 cm, anónimo del siglo XVIII.

16. Escultura de bulto redondo, representa a Cristo Crucificado, está tallado en madera y policromado de 96 x 77 x 10 cm, cuelga del arco Fajón de la Iglesia, es anónimo del siglo XIX.

17. Púlpito, tallado y ensamblado en madera, policromado y dorado, se sitúa en la nave del Evangelio, es anónimo del siglo XVIII.

18. Custodia Ostensorio, fundida en plata, se decora con técnica de repujado y dorado. Localizada en la sacristía, mide 59 x 20 x 0 cm, es anónima, de principio del siglo XVIII, según los inventarios de la parroquia de 1925.

19. Lámpara votiva de plata, 90 x 55 cm aproximadamente, colgando del arco toral de la nave de la epístola. Siglo XVIII.

20. Pila bautismal labrada en cantería situada al pie de la nave de la epístola, 127 x 90 cm aproximadamente. Se desconoce su autor.

Ver anexos - página 13572



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