BOC - 2008/006. Miércoles 9 de Enero de 2008 - 89

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

89 - Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de diciembre de 2007, del Director, relativa al requerimiento de desalojo, recaído en el expediente de desahucio administrativo nº 103/05, incoado a Dña. Joana León León, por imposible notificación.

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Habiéndose intentado notificar a Dña. Joana León León el requerimiento de desalojo de fecha 28 de noviembre de 2007 recaído en el expediente de desahucio administrativo nº 103/05, incoado por ocupar sin título legal la vivienda protegida de promoción pública sita en el término municipal de Icod de los Vinos, Grupo Virgen de Candelaria, nº 14, resultando infructuosa su entrega, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. Joana León León el requerimiento de desalojo de fecha 28 de noviembre de 2007, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Obra en el Instituto Canario de la Vivienda expediente de desahucio administrativo nº 103/05, seguido por ocupar sin título legal la vivienda protegida de promoción pública sita en el término municipal de Icod de los Vinos, Grupo Virgen de Candelaria, nº 14, cuya resolución de fecha 5 de junio de 2006, adquirió firmeza tras su publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 204, de 19 de octubre de 2006, habiendo sido así mismo expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Icod de los Vinos desde el día 26 de octubre hasta el 27 de noviembre de 2006, acordándose su desahucio de la referida vivienda por incurrir en infracción al régimen legal que regula las viviendas de Protección Oficial, concretamente la contemplada en el artículo 68.1.f) de la Ley 2/2003, de Vivienda de Canarias.

Con fecha 26 de noviembre de 2007, tiene entrada en el Instituto Canario de la Vivienda informe emitido por Trabajador Social del Ayuntamiento de Icod de los Vinos en el que se pone de manifiesto que habiéndose realizado visita de inspección el día 28 de agosto de 2007, con el fin de comprobar si la vivienda seguía deshabitada y ocupada de forma esporádica, tal y como ya se manifestaba en anterior informe de fecha 8 de julio de 2005, se constata que en ese momento la vivienda estaba habitada de forma permanente por Ud. desde hacía varios meses, según sus propias manifestaciones y por información obtenida de los vecinos del inmueble.

Continuando con el contenido del informe social, efectuada nueva visita de inspección el día 21 de noviembre pasado, se comprueba que la vivienda vuelve a encontrarse deshabitada desde hace aproximadamente un mes, según informan los vecinos de la zona, sin más información acerca de una posible ocupación esporádica.

A la vista de lo expuesto y toda vez que no existe constancia hasta la fecha de que haya comparecido en las dependencias del Instituto Canario de la Vivienda con el fin de depositar las llaves de la vivienda, se le requiere para que en el plazo de quince días a partir del siguiente al de la recepción del presente escrito, desaloje de forma voluntaria el mencionado inmueble, con la consiguiente entrega de llaves, apercibiéndole de que en caso contrario se procederá a la ejecución forzosa del acto administrativo acordado por la ya mencionada resolución de fecha 5 de junio de 2006, solicitando a tal efecto autorización judicial de entrada."

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de diciembre de 2007.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.



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