BOC - 2009/017. Martes 27 de Enero de 2009 - 116

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

116 - ORDEN de 15 de enero de 2009, por la que se delegan en el Secretario General Técnico de esta Consejería las competencias para autorizar las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal.

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El artículo 22 de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009, atribuye a los titulares de las Consejerías las siguientes competencias:

1.- Autorizar las transferencias entre créditos del Capítulo I de un mismo programa o distinto programa.

2.- Autorizar las ampliaciones de crédito que amparen gastos de personal en los supuestos a que se refiere el artículo 56.1.e) -seguros sociales- de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y la letra h) -trienios- de la relación de créditos ampliables sin cobertura, del anexo I de la Ley 5/2008, y las letras a) -anticipos reintegrables-, letra b) -indemnizaciones a ex- miembros del Gobierno y ex - altos cargos y letra n) -indemnización por residencia- del apartado 1 del anexo I de la Ley 5/2008.

Por ello, resulta conveniente que al amparo del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se deleguen las competencias para la autorización de transferencias y ampliaciones de créditos dentro del ámbito del Capítulo I de la sección 12, prevista en el artículo 22 anteriormente citado del Consejero al Secretario General Técnico.

Por todo lo expuesto,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, la competencia sobre la autorización de transferencias entre créditos del Capítulo I de un mismo o distinto programa de la sección 12.

Segundo.- Delegar en el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, las competencias sobre ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal dentro de la sección 12 y que se relacionan a continuación:

1º) Las cuotas de la Seguridad Social, así como la aportación de la Administración de la Comunidad Autónoma al régimen de previsión social de los funcionarios públicos adscritos o traspasados a ella.

2º) Los destinados a financiar trienios o percepciones por antigüedad derivados del cómputo de servicios prestados a la Administración.

3º) Los destinados a dar cobertura a los anticipos reintegrables del personal al servicio de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, con presupuesto limitativo que se consignen en los subconceptos económicos 830.08 y 831.08 "Personal anticipo reintegrables", que tendrán cobertura en los mismos subconceptos del estado de ingresos.

4º) Los destinados al pago de indemnizaciones a ex-miembros del Gobierno y ex-altos cargos, que se consignan en el subconcepto 101.00 "Indemnizaciones a ex-miembros del Gobierno y ex-altos cargos".

5º) Los destinados a dar cobertura a la indemnización por residencia que se devengue en los supuestos en que se haya reconocido este derecho, y que se consignen en el subconcepto 121.02 "Indemnizaciones por residencia".

Tercero.- La presente Orden deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de enero de 2009.

EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE

Y ORDENACIÓN TERRITORIAL,

Domingo Berriel Martínez.



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