BOC - 2009/253. Martes 29 de Diciembre de 2009 - 5155

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

5155 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 16 de diciembre de 2009, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Rafael Ramírez Roldán de la Propuesta de Resolución recaída en el expediente nº IU-42/2006.

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No habiéndose podido practicar la notificación en el domicilio conocido a D. Rafael Ramírez Roldán de la Propuesta de Resolución, de fecha 16 de noviembre de 2009, procede la notificación por los medios previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada Propuesta de Resolución

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a D. Rafael Ramírez Roldán, la Propuesta de Resolución de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 16 de noviembre de 2009, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia IU-42/2006 y cuya parte dispositiva dice textualmente:

PROPONGO RESOLVER:

"Primero.- Imponer a D. Rafael Ramírez Roldán la multa de setenta y un mil setecientos veinte euros con setenta y ocho céntimos (71.720,78 euros), como responsable en calidad de promotor, de una infracción administrativa grave consistente en construcción de vivienda, sótano, cerramiento y piscina, en suelo Rústico de Protección Agraria, ubicada en el lugar denominado "Camino El Portugués", del término municipal de Arafo, sin los preceptivos títulos legitimantes necesarios para su ejecución (calificación territorial y licencia urbanística), tipificada en el artículo 202.3.b) y sancionada en el artículo 203.1.b) del mismo texto legal con multa de 6.010,13 a 150.253,03 euros, en función de las circunstancias que concurren en el presente procedimiento.

Segundo.- Ordenar el restablecimiento del orden jurídico infringido mediante la demolición de las obras.

A tal efecto se requiere al expedientado para que en el plazo de un mes presente, ante la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el correspondiente proyecto de demolición, como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado, advirtiéndole que el incumplimiento de tal requerimiento, dará lugar a que esta Administración ejecutara subsidiariamente la orden de reposición, con cargo al infractor, conforme a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

En los supuestos de ejecución subsidiaria de la reposición de la realidad física alterada a su estado anterior, si los responsables de la alteración ofreciesen su total colaboración en la ejecución, y así constase en el acta levantada a tal efecto por la Administración actuante, el coste de la demolición será repercutido a los responsables obligados con una bonificación del cincuenta por ciento.

Tercero.- Advertir al interesado que el artículo 182.1 del TRLOTCENC, dispone que si los responsables de la alteración de la realidad física repusieran ésta por sí mismos a su estado anterior en los términos dispuestos por la Administración, tendrán derecho a la reducción en un noventa por ciento de la multa que se haya impuesto en el procedimiento sancionador, siempre que se solicite con anterioridad a la finalización del correspondiente procedimiento de recaudación, mediante el correspondiente pago.

Conforme el apartado segundo del citado artículo si el restablecimiento del orden jurídico perturbado tuviera lugar mediante la legalización obtenida tras la imposición de la multa, los responsables de la perturbación que hubiesen instado la legalización dentro del plazo habilitado al efecto, tendrán derecho a la reducción en un sesenta por ciento de la multa que se haya impuesto en el procedimiento sancionador, siempre que se solicite con anterioridad a la finalización del procedimiento de recaudación mediante el correspondiente pago.

Cuarto.- Notificar la presente Propuesta de Resolución al interesado, poniendo en su conocimiento, de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, lo siguiente:

a) Que frente a esta propuesta de resolución puede presentar alegaciones, documentos e informaciones, en el plazo de quince días, durante los cuales queda de manifiesto el expediente.

b) A esta notificación se acompaña una relación de los documentos obrantes en el expediente a fin de que pueda obtener copia de los que estime convenientes.

c) Una vez evacuado este trámite, y vistas las alegaciones, informaciones y pruebas aportadas, se elevará todo lo actuado al Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para que resuelva lo que proceda.

La información contenida en la presente transmisión es confidencial y su uso únicamente está permitido a su(s) destinatario(s). Si Ud. No es la persona destinataria de la presente transmisión, rogamos nos lo comunique de manera inmediata por teléfono (928) 455600; (922) 476250."

RELACIÓN DE DOCUMENTOS OBRANTES EN EL EXPEDIENTE Nº IU-42/2006.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, a continuación se relacionan los documentos obrantes en el expediente de referencia, a fin de que los interesados puedan obtener las copias de lo que estimen conveniente, teniendo en cuenta lo previsto por la Dirección General de Tributos en su Resolución de 30 de enero de 2009, por la que se informa sobre el importe actualizado de las cuantías fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2009.

- Denuncia APMUN.

- Res. Susp. nº 2679, de 9 de octubre de 2006.

- A.R. de DISA-GAS,S.A. Res. nº 2679.

- A.R. de Ayto. Res. nº 2679.

- A.R. Aqualia S.A. Res. nº 2679.

- A.R. de Ddo. Res. nº 2679.

- N.R.I. a Vigilancia.

- N.R.I. a Agentes.

- Diligencia de Precinto.

- N.R.I. AMA.

- Escrito UNESCO.

- Informe Agentes.

- Res.mul.coer. nº 1225, de 13 de abril de 2007.

- A.R. de UNESCO Res. 2679.

- Carta de vuelta Ddo. Res. 1225.

- Oficio Ayto.

- A.R. de Ayto.

- Res. Publicación Boletín Oficial de Canarias nº 4202, de 11 de diciembre de 2007.

- A.R. de Ayto. Res. 4204.

- Sumario a Ser. Publicaciones.

- Oficio a Ser. Publicaciones.

- Publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

- Remisión cargo de liquidación.

- Informe Agentes.

- N.R.I. a Serv. Tec.

- Informe Técnico.

- Res. Inc. nº 1490, de 16 de junio de 2009.

- Notf. de Ayto. de Res. 1490.

- Notf. de Ddo. de Res.1490.

- A.R. Ayto. Res. 1490.

- A.R. Ddo. Res. 1490.

- Res. Rectifi. Error mat. nº 1981, de 10 de septiembre de 2009.

- Notf. Ayto. Res. 1981.

- Nott. Ddo. Res. 1981.

- Carta devuelta.

- Res. Boletín Oficial de Canarias nº 2134, de 8 de octubre de 2009.

- Notf. Ayto. Res. 2134.

- Oficio al Serv. de Publicaciones de 13 de octubre de 2009.

- A.R. Ayto. Res. 2134.

- A.R. Ayto. Res. 1981.

- Anuncio Boletín Oficial de Canarias de 21 de octubre de 2009.

Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de diciembre de 2009.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.



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