BOC - 2010/070. Lunes 12 de Abril de 2010 - 2039

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

2039 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 26 de marzo de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de febrero de 2010, relativo a la corrección de errores materiales, que se contienen en documentos del Plan General de Ordenación de Icod de los Vinos (Tenerife).- Expte. 2009/2210.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 26 de febrero de 2010, relativo a la corrección de errores materiales, que se contienen en documentos del Plan General de Ordenación de Icod de los Vinos, Tenerife (expediente 2009/2210), cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de marzo de 2010.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 26 de febrero de 2010, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose detectado errores materiales o de hecho en el Plan General de Ordenación de Icod de los Vinos, aprobado definitivamente de forma parcial por Acuerdo de la COTMAC de fecha 10 de noviembre de 2006, subsanadas las deficiencias señaladas en el dispositivo primero del citado Acuerdo mediante Resolución de la Dirección General de Urbanismo de 6 de mayo de 2009, manteniéndose distintos ámbitos suspendidos recogidos en el dispositivo segundo (BOC nº 88, de 11.5.09) y publicadas las normas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 91, de 15 de mayo de 2009, se aprueba la corrección de errores materiales, que se contienen en los siguientes documentos de dicho Plan General:

"Plano Ah-15: las referencias con las que se montó el plano son correctas. En la versión gráfica se corrige la rotulación [000] por [000+33] que aparece en la versión de papel.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente la numeración de la leyenda con la localización concreta sobre el plano, en este caso donde pone [000] se le añade [000+33]. 000, en la leyenda equivale a SR + PA natural; 33, en la leyenda equivale a Espacio libre estructurante. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Ah-25: por error, para montar el plano se usaron referencias que no eran correctas, en concreto, en las referencias con nombre: tramas-suspendido, rotulación OP_V4 y Tramas OP_V4. Se han sustituido por las referencias correctas: tramas Suspendido corregido, Rotulación OP_corregido y Tramas OP_corregido, solventando de esta manera los errores detectados.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material, ya que en este caso al trasladar las tramas de un trámite a otro, es decir del Documento 8 respecto del Documento 10 aprobado, se comprueba que la sombra del ámbito suspendido ha ocultado un fondo de parcela que no debe estar como suspendido. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Ah-31: las referencias con las que se montó el plano son correctas. En la versión gráfica se corrige una parcela y se le añade la rotulación VPO que aparece en la versión en papel.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material, ya que en este caso al trasladar las tramas de un trámite a otro, es decir del Documento 8 respecto del Documento 10 aprobado, se comprueba que las siglas VPO coincidentes con la leyenda no aparece sobre la parcela del documento aprobado, por tanto se le añaden. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Ai-21: las referencias con las que se montó el plano son correctas. En la versión gráfica se corrigen las rotulaciones, una de altura (2) que en el documento gráfico no aparecía, y otra en la que, en el documento gráfico, sólo aparece el [32] y en el documento en papel es [010+32].

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente la numeración de la leyenda con la localización concreta sobre el plano, en este caso se añade la altura (2) sobre la parcela por omisión respecto al Documento 8 y donde pone [32] se le añade [010+32]. 010, en la leyenda equivale a SR + PVE agropecuarias; 32, en la leyenda equivale a Equipamiento estructurante. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Ai:23: las referencias con las que se montó el plano son correctas. Se le añade la rotulación VPO que aparece en la versión de papel a una parcela que no la tenía en la versión gráfica.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material, ya que en este caso al trasladar las tramas de un trámite a otro, es decir del Documento 8 respecto del Documento 10 aprobado, se comprueba que las siglas VPO coincidentes con la leyenda no aparece sobre la parcela del documento aprobado, por tanto se le añaden. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Ai-24: en el documento gráfico, hay una parcela calificada como [314] que en la versión de papel está cambiada a (EQ) añadiéndole además de la rotulación corregida, el rayado correspondiente a los recintos de equipamiento.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente sobre una parcela la calificación (EQ) por la de [314] y se le añade además el rayado de la trama coincidente con el de la leyenda correspondiente a los recintos de equipamiento. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Ai-25: en el documento gráfico, hay una parcela calificada como [314] que en la versión de papel está cambiada a (EQ) añadiéndole además de la rotulación corregida, el rayado correspondiente a los recintos de equipamiento. También en la parte gráfica no se encuentra una parcela calificada como (VPO), se corrige creando la citada parcela añadiéndole la altura correspondiente (0 y 2). Las referencias son correctas.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente sobre una parcela la calificación (EQ) por la de [314] y se le añade además el rayado de la trama coincidente con el de la leyenda correspondiente a los recintos de equipamiento. Igualmente se estima la existencia de error material, ya que en este caso al trasladar las tramas de un trámite a otro, es decir del Documento 8 respecto del Documento 10 aprobado, se comprueba que las siglas VPO coincidentes con la leyenda no aparece sobre la parcela del documento aprobado, por tanto se le añade VPO y las alturas (0 y 2). En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Ai-32: hay un cambio de uso; de Residencial a Espacio Libre por el paso de un sistema de drenaje. Las referencias son correctas.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material, ya que en este caso al trasladar las tramas de un trámite a otro, es decir del Documento 8 respecto del Documento 10 aprobado, se comprueba que aparece sobre la parcela del documento aprobado el uso Residencial cuando debe establecer Espacio Libre por la existencia de un sistema de drenaje, por lo que se añade tal calificación. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Aj-15: en la parte gráfica se encuentra una rotulación [1112] de Suelo Urbano con Interés Cultural con su correspondiente recinto delimitador. En documento papel sólo está el recinto delimitador pero no el rótulo [1112].

Se cambia el grosor de las líneas.

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir la numeración de la leyenda [1112] con la localización concreta sobre el plano. Comprobado el plano remitido se repite incluida correctamente la línea discontinua de estos recintos coincidente con la leyenda, pero se refleja el número [1112] sobre el plano. Se entiende que no hace falta la numeración al ser suficiente con la línea discontinua malva de la leyenda. En la leyenda [1112] equivale a SU + C de interés cultural (Suelo Urbano consolidado). En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Aj-21: la referencia de rotulación es la correcta, la diferencia entre el documento gráfico y el de papel es que en un gráfico aparece [32] mientras que en el de papel se le añade [010+32]. También se corrige una línea de una referencia que no es correcta.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente la numeración de la leyenda con la localización concreta sobre el plano, en este caso se añade sobre la parcela por omisión respecto al Documento 8 y donde pone [32] se le añade [010+32]. 010, en la leyenda equivale a SR + PVE agropecuarias; 32, en la leyenda equivale a Equipamiento estructurante. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Aj-22: hay un espacio libre que en la versión de papel no es de la misma dimensión que la que aparece en la parte gráfica, además se le han añadido las rotulaciones que corresponde al citado cambio. También hay algunos rótulos de altura (2) que se han modificado a (X)."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente la numeración de la leyenda [33] con la localización concreta sobre el plano y hacerla coincidir con la ficha de sistemas generales. Se añade el rótulo X por las alturas (2).

[33] en la leyenda equivale a espacio libre estructurante como sistema general.

"Plano Bb-22: en la corrección de errores de febrero-marzo, en este plano no se corrigió la modificación de la parte suspendida TR_1 (V3) color lila por (313) IE Carreteras locales y caminos. El resto del plano está correcto.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente la numeración de la leyenda (313) como línea de afección de carretera referida a sistemas generales IE (Infraestructura Estructurante) Carreteras locales y caminos. La trama de color lila del ámbito suspendido al trasladarse había ocultado el suelo de este sistema general. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Bb-23: la referencia de rotulación es la correcta, se detectan varios rótulos [010] y [011] que gráficamente no se encuentran y que en papel sí, se corrigen y se añaden los rótulos correspondientes.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir la numeración que falta de la leyenda [010] y [011] localizada sobre el plano. [010] corresponde en la leyenda con SR + PVE agropecuarias y [011] corresponde en la leyenda con SR + PA hidrológicas. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Bc-21: para evitar algún tipo de confusión se le cambia el color de negro a rojo a la línea que delimita los ámbitos de La Culata y La Cueva del Viento. Además, se detecta que hay un cambio de un recinto de (314) a (EQ) corrigiendo la rotulación y añadiéndole el rayado correspondiente a los equipamientos; también se añade un nuevo cauce que en el documento gráfico no constaba y sí en el de papel. Por último, en uno de los recintos de los ámbitos suspendidos del plano, en el momento en el que se imprimió desde el *.dgn a *.pdf desaparece la información del sombreado del citado recinto; se genera un nuevo sombreado y se corrige.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en establecer las líneas de los distintos espacios naturales, cambiando el color de la misma. Se comprueban por técnicos de Espacios Naturales la correcta delimitación de los perímetros, concretamente el que se refiere al Paisaje Protegido de Los Acantilados de La Culata (T-33) y el de La Cueva del Viento, espacio declarado Zona Especial de Conservación (nº ZEC 102_TF) (BOC nº 7, de 13.1.10). Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente sobre una parcela [314] por la (EQ) de Equipamiento y se le añade además el rayado de la trama coincidente con el de la leyenda correspondiente a los recintos de equipamiento. [314] equivale en la leyenda con IE Infraestructuras técnicas. Igualmente se estima la existencia de error material en lo que se refiere a señalar correctamente el cauce y existencia de error material respecto al sombreado de ámbitos suspendidos que completa corregido. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Bc-22: hay un cambio de uso; de Residencial a Espacio Libre por el paso de un sistema de drenaje y también se modifica su trazado. Las referencias son correctas.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material, ya que en este caso al trasladar las tramas de un trámite a otro, es decir del Documento 8 respecto del Documento 10 aprobado, se comprueba que aparece sobre la parcela del documento aprobado el uso Residencial cuando debe establecer Espacio Libre por la existencia de un sistema de drenaje corrigiendo su trazado, por lo que se añade tal calificación. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Bc-23: la referencia de rotulación es la correcta, se detectan varios rótulos [010] que gráficamente no se encuentran y que en el papel sí, se corrigen y se añaden los rótulos correspondientes.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir la numeración que falta de la leyenda [010] y localizada sobre el plano. [010] corresponde en la leyenda con SR + PVE agropecuarias. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Bd-21: en uno de los recintos del plano, en el momento en el que se imprimió desde el *.dgn a *.pdf desaparece la información del sombreado del citado recinto; se genera un nuevo sombreado y se corrige. Las referencias usadas son las correctas.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material que consiste en añadir correctamente el sombreado del ámbito suspendido originado por un problema informático de traslado de la información de un formato a otro. En este plano se cambia el grosor de las líneas. Se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

Se produce al resto de planos siguientes el cambio de grosor de las líneas:

"Plano Ah-21

Plano Ai-22

Plano Aj-32

Plano Ba-24

Plano Bb-13

Plano Bc-14

Plano Bd-22"

Se estima la existencia de error material, ya que en estos se cambia el grosor de las líneas. Que como se ha dicho en los anteriores se trata de reforzar visiblemente la línea de los distintos perímetros que no llegan a incidir sobre superficies.

"Plano Ba-22: se corrige el recorrido de los sistemas de drenajes y también una de las líneas de ámbitos aceptados.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material al comprobarse el cauce de forma correcta.

"Plano Bc-13: en uno de los recintos del plano, en el momento en el que se imprimió desde el *dgn a*.pdf desaparece la información del sombreado del citado recinto; se genera un nuevo sombreado y se corrige. Las referencias usadas son las correctas.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material al comprobarse corregida el color de la trama sobre el suelo trasero de la edificación.

"Plano Bd-23: para evitar algún tipo de confusión se le cambia el color de negro a rojo de la línea que delimita los ámbitos de La Culata y La Cueva del Viento. Además en el *.pdf no salió parte del sombreado de los ámbitos suspendidos, se ha generado un nuevo sombreado y se ha corregido. También se añadieron algunos rótulo de [011] que faltaban por añadir y además se modifica el trazado de un sistema de drenaje que se encuentra en el documento de papel.

Se cambia el grosor de las líneas."

Se estima la existencia de error material al comprobarse el cambio de color de la línea de delimitación de los espacios naturales y se localizan los rótulos de la leyenda.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Icod de los Vinos y al Cabildo de Tenerife y publicarlo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acuerdo, por ser de trámite, no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Belén Díaz Elías, p.a., Demelza García Marichal.



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