BOC - 2012/076. Miércoles 18 de Abril de 2012 - 1993

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

1993 - CORRECCIÓN de errores del Decreto 31/2012, de 14 de abril, por el que se establecen las normas relativas al procedimiento para acogerse al sistema extraordinario de pago a proveedores habilitado por el Estado (BOC nº 74, de 16.4.12).

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Advertidos errores en el texto remitido para la publicación, del Decreto 31/2012, de 14 de abril, por el que se establecen las normas relativas al procedimiento para acogerse al sistema extraordinario de pago a proveedores habilitado por el Estado, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 74, de 16 de abril de 2012, es preciso proceder a su corrección en el sentido siguiente:

- En el artículo 3.1,

Donde dice:

"1. Los proveedores con obligaciones pendientes de pago, incluidos en la certificación remitida por la Intervención General al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, podrán consultar los datos contenidos en esta, de acuerdo a la normativa de protección de datos de carácter personal, en el enlace que se habilitará en la página Web del Gobierno de Canarias."

Debe decir:

"1. Los proveedores con obligaciones pendientes de pago, incluidos en la certificación remitida por la Intervención General al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, podrán consultar, a partir del día 20 de abril de 2012, los datos contenidos en esta, de acuerdo a la normativa de protección de datos de carácter personal, en el enlace que se habilitará en la página Web del Gobierno de Canarias."

- En el artículo 4.1,

Donde dice:

"1. Los contratistas que tengan pendientes de abono obligaciones que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2 del presente Decreto y que no consten en la relación certificada emitida por la Intervención General podrán solicitar hasta el 1 de junio de 2012, conforme al modelo que se acompaña como anexo III, la emisión del certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago a cargo de la Administración de la Comunidad Autónoma, a efectos de acogerse al mecanismo de cancelación de obligaciones contenido en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera aprobado el 6 de marzo de 2012."

Debe decir:

"Los contratistas que tengan pendientes de abono obligaciones que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2 del presente Decreto y que no consten en la relación certificada emitida por la Intervención General podrán solicitar hasta el 1 de junio de 2012, conforme al modelo que se acompaña como anexo III, la emisión del certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago a cargo de la Administración de la Comunidad Autónoma, a efectos de acogerse al mecanismo de cancelación de obligaciones contenido en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera aprobado el 6 de marzo de 2012, adjuntando copia de la factura."

- En el anexo I "Registros Administrativos",

Donde dice:

"Gran Canaria.

Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.

C/ Nicolás Estévez, s/n.

Planta baja.

35007 Las Palmas de Gran Canaria."

Debe decir:

"Gran Canaria.

Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.

C/ Nicolás Estévanez, s/n.

Planta baja.

35007 Las Palmas de Gran Canaria."



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