BOC - 2013/23. Lunes 4 de Febrero de 2013 - 420

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife

420 - EDICTO de 3 de diciembre de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000976/2009.

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D./Dña. Sara Rubira Varela, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Juzgado de Primera Instancia nº 3

Santa Cruz de Tenerife

Procedimiento: Juicio Verbal 976/2009

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de junio de 2010, por Dña. Ana Delia Hernández Sarmiento, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de esta ciudad y su partido, vistos los presentes autos que se han tramitado por el procedimiento previsto para el Juicio Verbal bajo el número 976/2009, siendo parte demandante el Consorcio de Compensación de Seguros, y figurando como demandados D. Francisco Galván García, en situación procesal de rebeldía, así como Dña. Mónica Melián Hernández, representada por la Procuradora Dña. María Eugenia García Guerrero; en los que se ejercitó acción de reclamación de cantidad

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra Dña. Mónica Melián Hernández y D. Francisco Galván García, absolviendo a los mismos de las pretensiones ejercitadas. Las costas causadas en esta primera instancia serán satisfechas por la parte actora.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se deberá preparar ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días contados desde la notificación de la misma, en la forma y con los requisitos establecidos por la Ley para el mismo.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará unida a estas actuaciones, con inclusión de la literal en el Libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, la ordeno, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Francisco Jesús Galván García expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.



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