BOC - 2016/168. Miércoles 31 de Agosto de 2016 - 3131

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Consejería de Educación y Universidades

3131 - EXTRACTO de la Orden de 12 de agosto de 2016, por la que se convocan las becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2016/2017 mediante tramitación anticipada.

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BDNS (Identif.): 315157.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero.- Beneficiarios.

Alumnos universitarios, con residencia en Canarias, matriculados en enseñanzas oficiales de Grado o Máster, en Universidades públicas canarias, en la U.N.E.D., o en universidades públicas del resto del territorio español, siempre que los estudios no puedan cursarse en Canarias.

Segundo.- Objeto.

Sufragar los gastos derivados del pago de los precios públicos, el transporte y la residencia de quienes no cumplan con los requisitos para ser beneficiarios de todas o algunas de las modalidades de becas, convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se encuentren realizando estudios universitarios.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden nº 291, de fecha 31 de julio de 2014, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases reguladoras por las que se regirán las convocatorias de becas para la realización de estudios universitarios (BOC nº 155, de 12 de agosto de 2014).

Cuarto.- Cuantía.

Las becas y ayudas convocadas por la presente Orden serán financiadas con cargo a la partida presupuestaria 18.07.323A, PI/LA 18404502 Ayudas a los Estudios Universitarios (Ley 8/2003, de becas y ayudas a los estudios universitarios) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2017, dotada con un crédito inicial de 10.663.942,00 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2016.

Sexto.- Otros datos.

El solicitante podrá firmar la solicitud con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados en la Sede Electrónica, tal y como recoge la base novena de la Orden nº 291, de fecha 31 de julio de 2014, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases reguladoras por las que se regirán las convocatorias de becas para la realización de estudios universitarios.

La firma electrónica, tanto del interesado como de todos los miembros computables de su unidad familiar, podrá efectuarse mediante la aportación de información conocida por ambas partes, de acuerdo a lo establecido en la Orden que se aprueba el sistema de firma electrónica utilizando información del DNI para actuaciones en el registro electrónico de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad en el ámbito de la convocatoria de becas para la realización de estudios universitarios, nº 458, de 20 de septiembre de 2013, del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad. De forma transitoria, para la presente convocatoria no pierde su vigencia el apartado 2.b) de la base novena, que regula la presentación en papel.

Las solicitudes se formalizarán de acuerdo con lo previsto en la base novena de la citada Orden de fecha 31 de julio de 2014. El formulario de solicitud podrá descargarse en la página web de la Dirección General de Universidades: https://www.gobiernodecanarias.org/universidades/becas_ayudas/estudios_universitarios y en la sede electrónica de la Consejería de Educación y Universidades https://sede.gobiernodecanarias.org/educacionyuniversidades/

Delegar en el Director General de Universidades la instrucción y resolución de la presente convocatoria y resolver las incidencias relacionadas con las mismas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de agosto de 2016.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.



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