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El Decreto 151/2001, de 23 de julio, por el que se crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias, siguiendo las bases establecidas en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, dispone en su artículo 5, apartado 1, que la inclusión de una especie, subespecie o población en el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias requerirá la redacción de los siguientes planes:
| CATEGORÍAS DE AMENAZA | ACTUACIÓN |
| En peligro de extinción | Plan de Recuperación |
| Sensible a la alteración del hábitat | Plan de Conservación del Hábitat |
| Vulnerable | Plan de Conservación |
| De interés especial | Plan de Manejo |
La Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad redujo las categorías de protección a especies “en peligro de extinción” y “vulnerables”, y marca unos plazos para la elaboración de los planes de actuación:
Respecto a las especies catalogadas hasta ahora como “de interés especial” y “sensibles a la alteración de su hábitat” mantendrán su protección hasta que se adapte el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Todo ello sin olvidar la capacidad de las Comunidades Autónomas para crear nuevas categorías de protección.
Con el fin de mejorar el contenido de los documentos de Planes de Especies Amenazadas y sistematizar el carácter técnico de los mismos, el Decreto 188/2005, de 13 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 151/2001, de 23 de julio, que crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias, establece los contenidos mínimos de los citados documentos, fijando en diez los apartados de obligada redacción:
Tomando como referencia lo dispuesto en el Decreto 188/2005, la Dirección General del Medio Natural del Gobierno de Canarias editó la Guía metodológica para la elaboración de planes de especies amenazadas de Canarias, con el propósito de orientar la redacción de los documentos de los planes y homogeneizar el contenido de los mismos.
Desde los siguientes enlaces se puede acceder a los planes que ya se encuentran aprobados según se publican los correspondientes Decretos en los Boletines Oficiales de Canarias y los que se encuentran en trámite una vez se aprueban los respectivos documentos de Avance.
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