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El Fondo Canario de Financiación Municipal, regulado por Ley 3/1999, de 4 de febrero (B.O.C. nº 18, de 10.2.1999), modificada por Ley 2/2000, de 17 de julio (B.O.C. nº 94, de 28.7.2000) y Ley 2/2002, de 27 de marzo (B.O.C. nº 45, de 8.4.2002), está destinado a atender las necesidades financieras de los municipios canarios dotándolos de recursos con destino a saneamiento económico financiero o inversión, así como para gastos de libre disposición.
Para determinar la situación económica financiera de cada municipio, la citada Ley 3/1999, de 4 de febrero, prevé la realización de unas auditorias de gestión para las que, mediante Orden de 9 de marzo de 2012 (BOC. nº 51, de 13.3.2012) de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad se aprueba la documentación necesaria para su realización, el modo y el plazo en que debe ser remitida a través de la aplicación informática UNIFICA, aprobada por Decreto 140/2006, de 17 de octubre y con página informativa sita en http://www.gobiernodecanarias.org/hacienda, en los términos que en la misma se indica.
En los ficheros denominados "modelo situación económico financiera" y "modelo esfuerzo fiscal" se encuentran los "modelos soporte de información para el seguimiento en el año 2012 de la situación económico financiera de 2011" y los "modelos soporte de información para la determinación del esfuerzo fiscal" que los ayuntamientos deben remitir en los términos de la citada Orden.
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