Artículo 18 Se suspende su aplicación durante el ejercicio de 2011, en cuanto a la compensación con un día de permiso de los festivos no trabajados coincidentes con el descanso semanal (DA 28)
Artículo 22 Se suspende su aplicación durante el ejercicio de 2011 en lo referente a la ropa de trabajo, hasta que se aplique la medida prevista en la disposición adicional 26 (DA 28)
Artículo 32 Se suspende su aplicación durante el ejercicio de 2011 en lo referente a las actividades socio-culturales (DA 28)
Artículo 38 Se suspende su aplicación durante el ejercicio de 2011 en cuanto a la financiación de cursos (DA 28)
Artículo 39 Se suspende su aplicación durante el ejercicio de 2011 en cuanto al complemento al trabajador en situación de incapacidad laboral temporal (DA 28)
Artículo 54 Se suspende su aplicación durante el ejercicio de 2011 en lo relativo a la dispensa de asistencia al trabajo para actividades sindicales (DA 28)
Artículo 1 (apartados 4.4 y 4.5). Quedan sin efecto desde el 1.1.2011 (DA 22)
Artículo 2 (apartado 2.12). Se suspende con efectos desde el 1.1.2011 (DA 36)
A nivel general (apartado III.1, párrafo 38). Se suspende, con efectos de 1.1.2011, los criterios para la distribución del complemento de productividad variable ligado a la consecución de objetivos (DA 37)