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02-09-2008 ... 13:22 - Presidencia del Gobierno
Orientarán a los agricultores y ganaderos sobre aquellas materias que soliciten, y extenderán su actividad exclusivamente a Canarias
El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado hoy el Decreto que regula el reconocimiento de las entidades que presten servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma, y crea el Registro de Entidades de Servicio de Asesoramiento a las explotaciones agrarias de Canarias.
La actividad agraria debe adecuarse a las normas sobre medio ambiente, sanidad animal y vegetal, bienestar de los animales y salud pública. Para facilitar este proceso conviene que los titulares de las explotaciones agrarias dispongan de los servicios de asesoramiento adecuado, para que los cambios y mejoras necesarias en las explotaciones se realicen con las debidas garantías de éxito.
Las citadas entidades deberán extender su actividad de asesoramiento exclusivamente a las Islas Canarias, y ésta ha de abarcar, desde el diagnóstico de la situación, a la propuesta y ejecución de mejoras, en las siguientes materias contempladas en el Real Decreto 520/2006, de 28 de abril, por el que se regulan las entidades que presten servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias y la concesión de ayudas a su creación, adaptación y utilización.
Asimismo, prestarán su servicio respecto a las normas en materia de seguridad y salud laboral en el ámbito agrario y, en general, en todas aquellas materias que soliciten los agricultores o ganaderos. Las entidades privadas interesadas deberán tener personalidad jurídica, incluir en el objeto social definido en sus estatutos la prestación de asistencia y asesoramiento a los agricultores y ganaderos, y solicitar su reconocimiento a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias.
Adscrito a la Dirección General de Agricultura, se crea el Registro de Entidades de Servicio de Asesoramiento a las explotaciones agrarias de Canarias (RESACA), en el que se inscribirán de oficio aquellas que hayan obtenido el reconocimiento para prestar servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias de conformidad con lo dispuesto este Decreto. Se inscribirán en dicho registro las oficinas de asesoramiento que se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La aprobación de este Decreto obedece a lo dispuesto en la normativa comunitaria, según la cual los Estados miembros han de instaurar un sistema para asesorar a los agricultores sobre la gestión de tierras y explotaciones, y establece una serie de condiciones agrícolas y medioambientales que deben cumplirse, así como diversos requisitos de gestión obligatorios.
Siguiendo lo señalado por la legislación estatal, las entidades privadas interesadas en prestar el servicio de asesoramiento, tienen que solicitar su reconocimiento al órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que prevean ejercer su actividad cuando su ámbito de actuación se circunscriba a la misma, y contempla el registro de las citadas entidades por parte de la Administración Pública que otorga el reconocimiento y el de las oficinas de asesoramiento en las Comunidades Autónomas en las que se encuentren.
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