Gobierno de Canarias

La Administración Canaria, cercana al ciudadano

Estás en:

Preguntas frecuentes

  • El Sistema admite la presentación telemática de Sugerencias y Reclamaciones Anónimas ?

    El Sistema admite exclusivamente Sugerencias Anónimas. Las Reclamaciones Telemáticas han de presentarse firmadas digitalmente

  • Se puede consultar el Estado de una Sugerencia / Reclamación ?

  • Cual es la diferencia entre el Nº de Registro de Entrada y el Nº de la Sugerencia/Reclamación

    El Nº de la Sugerencia/Reclamación es el nº que le asigna el sistema a su Sugerencia/Reclamación,  mientras que el Nº de Registro  de Entrada, es el Nº que le asigna el Registro del Centro Directivo correspondiente a la documentación presentada, siempre y cuando esta no sea anónima.

  • Cual es el plazo para resolver una Sugerencia/Reclamación?

    En las anónimas, tres meses desde la fecha de entrada en el sistema. En las firmadas, tres meses desde la entrada en el Registro del Centro Directivo de destino.

  • No responder al  Requerimiento de Complementación provoca el archivado del Expediente ?

    No, continua su curso normalmente.

  • No responder al  Requerimiento de Subsanación provoca el archivado del Expediente ?

    Sí. La No Subsanación da por cerrado el Expediente.

  • Las Sugerencias ó Reclamaciones se registran con Registro de Entrada ?

    Sí, Todas excepto las Sugerencias Anónimas


    © Gobierno de Canarias