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 Información Tributaria desde el Web
> Buzón de Información Tributaria

(Actualizada a 1 de junio de 2011)

El servicio del Buzón de Información Tributaria responde a las dudas de carácter básico que puedan surgir en la aplicación de los tributos, como una herramienta ágil y de respuesta inmediata, si bien la información ofrecida a través de este servicio, no vincula a la Administración y no puede ser utilizada como fundamento en recursos o reclamaciones.

Según establecen los artículos 88 y 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los contribuyentes pueden formular a la Dirección General de Tributos consultas respecto al régimen, la clasificación o la calificación tributaria que en cada caso les corresponda.

La contestación a estas consultas tributarias escritas, formuladas antes de la finalización del plazo establecido para el ejercicio de los derechos, la presentación de declaraciones o autoliquidaciones o el cumplimiento de otras obligaciones tributarias, deberá realizarse en el plazo de seis meses desde su presentación y tendrá efectos vinculantes para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos en su relación con el consultante, salvo que planteen cuestiones relacionadas con el objeto o tramitación de un procedimiento, recurso o reclamación iniciado con anterioridad a la formulación de la consulta.

BÚSQUEDA - INFORMACIÓN TRIBUTARIA DESDE EL WEB

Puede realizar búsquedas por año, por tema o por Artículos o Leyes referentes.

En el campo TEMA DE CONSULTA puede acotar las búsquedas utilizando el signo  +  o  espacios  entre las palabras.

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NOTA: El campo TEMA realizará una búsqueda tanto en cuestiones planteadas como en contestaciones. Puede acotar la búsqueda utilizando el carácter + o espacios entre las palabras.

EJEMPLOS:   vivienda trasteros   |     vivienda+trastero

 

Es posible realizar una búsqueda avanzada sobre las consultas. Así puede hacer búsquedas por número o referencia, impuesto (IGIC, AIEM, APIC o CDP), fecha de salida, normativa, cuestión planteada, descripción de hechos, o tema de consulta.

Puede reducir la barra de búsqueda avanzada si va a realizar consultas simples.

ÚLTIMA INFORMACIÓN TRIBUTARIA PUBLICADA DESDE EL WEB

La siguiente lista muestra un histórico con las últimas 15 contestaciones ofrecidas a través del Buzón de Información Tributaria que se han introducido, ordenadas según fecha de salida y el detalle de las últimas 3 contestaciones insertadas hasta la fecha.

HISTÓRICO ÚLTIMAS 3 CONTESTACIONES OFRECIDAS DESDE EL BUZÓN DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA

PUB. 01/06/2011

CONS. Nº

1061

PUB. 05/05/2011

CONS. Nº

1060

PUB. 04/05/2011

CONS. Nº

1059

PUB. 02/05/2011

CONS. Nº

1062

PUB. 26/04/2011

CONS. Nº

1058

PUB. 19/04/2011

CONS. Nº

1056

PUB. 30/03/2011

CONS. Nº

1057

PUB. 21/03/2011

CONS. Nº

1054

CONS. Nº

1047

PUB. 17/03/2011

CONS. Nº

1051

CONS. Nº

1050

PUB. 16/03/2011

CONS. Nº

1049

PUB. 15/03/2011

CONS. Nº

1053

CONS. Nº

1048

PUB. 14/03/2011

CONS. Nº

1052

 

  PUBLICADO EL 01/06/2011

 CONSULTA 

 1061 

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FECHA SALIDA: 01/06/2011  IMPUESTO: I.G.I.C.
NORMATIVA:  LEY 20/1991
VOCES:   PRODUCTOS ALIMENTICIOS
CONSULTA:
Interesada dada de alta en el epígrafe de Comercio mayor de productos alimenticios, bebidas y tabacos (612.1). A través de una página web que ha creado, está recibiendo pedidos de los productos que vende(alimentación especial celíacos)de particulares. La consulta planteada es la siguiente: - ¿Puede con su epígrafe, vender este tipo de productos a particulares?, y en el caso que sea así, se considera minorista exento de igic, o por el contrario de...
 

  PUBLICADO EL 05/05/2011

 CONSULTA 

 1060 

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FECHA SALIDA: 05/05/2011  IMPUESTO: I.G.I.C.
NORMATIVA:  LEY 20/1991
VOCES:   AGRICULTURA
CONSULTA:
Quisiera obtener información con respecto a las obligaciones de IGIC que le corresponderían a cualquier persona física que quiera darse de alta en agricultura y/o ganadería para explotar tierras y vender sus productos, si tiene que presentar modelos trimestrales, devengar igic, darse de alta con el modelo 400...etc..
 

  PUBLICADO EL 04/05/2011

 CONSULTA 

 1059 

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FECHA SALIDA: 04/05/2011  IMPUESTO: I.G.I.C.
NORMATIVA:  LEY 20/1991
VOCES:   AGRICULTOR
CONSULTA:
Buenos días: ¿Un proveedor que se encuentra acogido al Régimen especial de agricultura debe aplicar el 1% de igic?